Mediante este trámite se procederá a justificar las SUBVENCIONES PARA ENTIDADES SOCIALES CUENCA INCLUSIVA 2026 por parte de las entidades sociales beneficiarias.
Para ello deberá seguir los pasos que a continuación se detallan.
La documentación presentada deberá tener formato PDF.
Es posible añadir documentos adjuntos a la solicitud.
Todos los trámites relacionados con la justificación de esta subvención y la tramitación del correspondiente expediente administrativo se realizarán por medios electrónicos.
Las notificaciones por medios electrónicos se practicarán mediante comparecencia en esta Sede Electrónica, por lo que deberán estar atentos a los posibles avisos de notificación que llegarán a sus correos electrónicos.
La justificación de las SUBVENCIONES PARA ENTIDADES SOCIALES CUENCA INCLUSIVA 2026 se podrá presentar hasta el 30 de noviembre de 2026.
La justificación se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia.
Para justificar la subvención deberá presentarse la siguiente documentación obligatoria:
1.- ANEXO II- Memoria de actuación, en el que se indique de modo expreso el importe de la subvención concedida y el importe que se justifica. La justificación de la subvención se deberá llevar a cabo por el 100% del importe subvencionado. Deberá presentarse en formato pdf, visible y firmado por el/la representante legal de la entidad.
2.- ANEXO III- Memoria económica justificativa, en la que se detallarán la relación clasificada y numerada de los gastos que se presentan a justificación así como una Certificación/Declaración responsable con indicación expresa del importe de los fondos propios así como de otras subvenciones o ayudas, si las hubiera, que hayan financiado el proyecto o actividades subvencionadas. Deberá presentarse en formato pdf, visible y firmado por el/la representante legal de la entidad.
3.- Fichero Excel que comprenda la hoja FACTURA (relación de las facturas y los justificantes de gastos que se imputan a la subvención concedida), y la hoja FINANCIACIÓN (Otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada).
4. Fichero PDF, en formato visible y firmado por el representante legal, resultante de la conversión del anterior fichero Excel una vez cumplimentado.
5.- JUSTIFICANTES DE GASTO. Consistentes en facturas originales o documentos probatorios equivalentes en formato pdf y visibles, incluidos en la relación de gastos del ANEXO III y numerados de acuerdo a la misma. Los criterios de admisión de los justificantes de gastos serán los determinados en el punto 5 de la Norma VIGÉSIMA de la Convocatoria.
6.- JUSTIFICANTES DE PAGO DE LOS GASTOS PRESENTADOS realizados a los acreedores por el perceptor de la subvención. Se considera gasto efectuado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación, establecido en el 30 de noviembre de 2026. La acreditación del pago deberá hacerse por alguna de las formas establecidas en el punto 6 de la Norma VIGÉSIMA de la Convocatoria.
7.- ANEXO V- Memoria final evaluativa del proyecto. Descriptiva del proyecto y de las actividades realizadas a las que se haya aplicado la subvención, donde además conste la fecha y localidad donde se llevaron a cabo, cumplimiento del cronograma, número de participantes, evaluación y grado de consecución de los objetivos.
8.- MEDIDAS DE DIFUSIÓN: Material informativo impreso o publicidad, así como imágenes específicas del desarrollo del proyecto, que incluyan tanto el logotipo oficial, como la colaboración de la Diputación Provincial. Deberá presentarse en formato pdf, visible y firmado por el/la representante legal de la entidad.
9.- RENUNCIA Y REINTEGRO de la cantidad de subvención no justificada, en caso de no poder justificar el 100 % de la misma o de la cuantía del exceso de financiación en caso de obtención de otras subvenciones o ayudas.
Los formularios de los anexos se pueden descargar en formato Word y Excel en el apartado relacionado más abajo PLANTILLAS DE DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
Los originales de los JUSTIFICANTES DE GASTO y JUSTIFICANTES DE PAGO, así como en su caso la RENUNCIA y el JUSTIFICANTE DEL REINTEGRO, deberán adjuntarse en formato PDF a la justificación .
Gratuito.
Área de Servicios Sociales.
Presidente de la Diputación Provincial.
· Bases de Convocatoria publicadas en el B.O.P. nº 59, de 25 de mayo de 2026. https://www.dipucuenca.es/documents/34525/2099550/3.pdf/dfb82a58-08e1-eda5-0bf4-014a4b2d2ed5?t=1779689110248
Estas Bases podrán consultarse además en los Tablones de Anuncios de la Web y de la Sede Electrónica de la Diputación así como en Base de Datos Nacional de Subvenciones.
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/907382)
Para lo no previsto en las Bases de Convocatoria se estará a lo dispuesto en:
· Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación, modificada por acuerdos plenarios de 19 de diciembre de 2013 y de 27 de diciembre de 2023 (publicadas en el B.O.P. de 22 de enero de 2014 y de 19 de febrero de 2024).
· Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (L.G.S.).
· Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. RD 887/2006 de 21 de julio.
· Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación para 2026.
· Otras disposiciones de derecho administrativo que resulten de aplicación.