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Solicitud convocatoria de ayudas programas salud, deporte y alimentación AMPAS 2026

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Solicitud convocatoria de ayudas programas salud, deporte y alimentación AMPAS 2026

Desde 06/10/2026 0:01 hasta 04/11/2026 23:59

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

La finalidad de esta subvención es la realización de proyectos para la promoción de la actividad física y la alimentación responsable en la Escuela, en busca de mejorar la salud, el rendimiento académico y los hábitos de vida saludables en el alumnado. Y todo ello mediante la realización de talleres, campañas de sensibilización y la creación de entornos escolares saludables, con el objetivo de prevenir el sedentarismo y la obesidad, formando hábitos desde la infancia.  En resumen “apoyar a las asociaciones de padres y madres de alumnos (AMPAS) de la provincia de Cuenca en la promoción de la salud, la buena alimentación y el deporte como hábito de vida perdurable en los escolares”. Se podrían enumerar los siguientes objetivos a obtener: 

  • Fomentar hábitos de alimentación saludables.
  • Reducir riesgo de enfermedades metabólicas asociadas al sobrepeso u obesidad, y con ello reducir sustancialmente la morbilidad y mortalidad atribuible a las enfermedades crónicas.
  • Promover la realización de actividad física previniendo así la aparición de un alto porcentaje de sedentarismo en la edad infantil.
  • Mejorar los resultados académicos de la población infantil.
  • Fomentar planes de acción a nivel local destinadas a mejorar los hábitos alimentarios y aumentar la actividad física.
  • Sensibilizar e informar a la población del impacto positivo que tiene para su salud la alimentación equilibrada y la práctica de la actividad física.
  • Promover la educación nutricional en el ámbito familiar, escolar y comunitario.
  • Establecer un marco de colaboración con las empresas de la comunidad y alrededores.
  • Modificar hábitos que llevan a prácticas incorrectas en el tema de la alimentación familiar y escolar.

REQUISITOS

Únicamente serán subvencionables los gastos corrientes en bienes y servicios que se ajusten a PROYECTOS DESTINADOS A LA PROMOCIÓN COORDINADA DEL DEPORTE, LA ALIMENTACIÓN Y LA SALUD. Dichos proyectos podrán realizarse con actuaciones conjuntas o separadas que sensibilicen al alumnado hacia el gusto por el ejercicio físico y la vital importancia de una alimentación equilibrada y saludable, con objetivos dedicados a:

• Fomentar una alimentación equilibrada y la higiene personal.

• Promover la actividad física y reducir el sedentarismo.

• Mejorar el rendimiento académico y el desarrollo cognitivo.

• Crear entornos escolares saludables que apoyen estas prácticas.

• Sensibilizar a familias y comunidad educativa sobre la importancia de estos hábitos. 

Y propuestas dirigidas a:

·         Educación Nutricional: Conocer grupos de alimentos, nutrientes, pirámide alimentaria, importancia del desayuno, y cómo planificar comidas saludables.

·         Actividad Física: Recreos activos, juegos tradicionales, deportes al aire libre, desplazamientos activos (caminar/ir en bici al cole), talleres de ejercicio físico.

·         Talleres y Dinámicas: Actividades teórico-prácticas, concursos (ej. cesta de la compra), uso de TICs, y materiales didácticos (cuadernos, apps).

·         Participación: Implicación de profesores, familias y autoridades locales.  

Y en general programas que busquen coordinar la salud de forma integral en la vida escolar, haciendo que comer bien y moverse sean parte natural de la rutina diaria del alumnado. 

Se admitirán como gastos subvencionables, aquellos que se desarrollen en el período de ejecución (1 de octubre de 2026 al 31 de mayo de 2027) y que respondan de manera indubitada a la realización del proyecto definido en el artículo 2. Se considerará como gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación del proyecto subvencionado. A modo enunciativo:

·         Los gastos de personal: este personal podrá ser propio de la entidad beneficiaria o contratada expresamente para la ejecución de todo o parte del proyecto a realizar.

·         Gastos de desplazamientos, aquellos indispensables para el disfrute o realización de las actividades subvencionables, incluido, en su caso, los monitores.

·         Servicios externos realizados por empresas o profesionales: contratación que resulte necesaria para la realización de las actividades subvencionables.

·         En general, gastos corrientes de bienes y servicios relacionados con el programa. En el supuesto de adquisición de bienes, estos tendrán las siguientes características:

a)       Ser bienes fungibles.

b)      Tener una duración previsiblemente inferior al ejercicio presupuestario.

c)       No ser susceptibles de inclusión en inventario.

d)      Ser gastos que previsiblemente sean reiterativos. 

NO SERÁN SUBVENCIONABLES los siguientes gastos:

·         Los gastos financieros, licencias e impuestos. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

·         Los intereses deudores de cuentas bancarias, los intereses y recargos por mora o sanciones por impago de impuestos o seguridad social y los gastos de procedimientos judiciales.

·         Gastos de manutención de las celebraciones y eventos que se desarrollen.

·         Actividades y talleres culturales (Convocatoria del Departamento de Cultura de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca).

·        Gastos de naturaleza inventariable.

·        Las actividades que sean a su vez objeto de financiación de la Diputación Provincial: Albergue ‘Fuente de las Tablas’.

·        Coste de entradas a parques temáticos, acuáticos y parques de atracciones.

·        Talleres que incluyan juegos de hinchables y atracciones similares.

·        Programas y/o actividades a desarrollar en el periodo comprendido del 1 de julio al 31 de diciembre de 2027.

·        Todos aquellos gastos que de manera indubitada no respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.

CONDICIONES PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES

1. A las actividades organizadas por las entidades beneficiarias que estén dirigidas al alumnado podrán asistir todos los alumnos del centro, sin más limitación que la que corresponda a los niveles educativos para los que cada actividad haya sido programada.

2. Las actividades que involucren al alumnado deberán contar con la aprobación explícita del Consejo Escolar del mismo.

3. Las actividades han de estar cubiertas, en su caso, por un seguro de responsabilidad civil a favor del personal necesario para el desarrollo de las mismas. No será necesaria la contratación del seguro en aquellos casos en los que haya otro seguro que cubra la actividad, o en los supuestos que la actividad no suponga ningún tipo de riesgo.

4. En el caso de actividades que utilicen instalaciones y recursos del centro docente, la vigilancia y el cuidado de los mismos, así como la apertura y cierre del centro, correrán por cuenta de la entidad beneficiaria de la subvención en los términos acordados con la dirección del centro.

5. En todo caso, se tendrá en cuenta la normativa vigente en relación con la organización de los tiempos escolares.

6. La presencia de madres y padres en las actividades será siempre con carácter voluntario, sin que de ello puedan derivarse contraprestaciones económicas, salvo las que vengan motivadas por gastos de desplazamiento o manutención estrictamente necesarios.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).  

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

1.       Solicitud, conforme al modelo recogido en el Anexo I.

2.       CIF del AMPA.

3.       Proyecto y presupuesto detallado de la actividad para la cual se solicita la subvención, especificando los objetivos que se persiguen, la descripción de las distintas acciones, el lugar y la fecha aproximada en que se realizará cada acción, el número de destinatarios de cada una, así como otros indicadores que permitan evaluar su posterior realización.

4.       Documento acreditativo de aprobación del programa por el Consejo Escolar del Centro.

5.     Ficha de Terceros, únicamente en el supuesto de no estar dado de alta en la Base de Datos del Sistema Contable de Diputación o pretenda modificar los datos ya existentes. En el supuesto de que el solicitante pretenda modificar el código de cuenta corriente en el que desea que se le realicen, en su caso, los futuros pagos o tratarse de terceros que se relacionan por primera vez con esta Administración, se deberá cumplimentar y presentar el modelo de ficha de terceros disponible en el trámite “Ficha de Terceros” de la sede electrónica de la Excma. Diputación de Cuenca, https://sede.dipucuenca.es.

La no presentación de los referidos documentos implicará la exclusión automática de la Convocatoria.

NORMATIVA DE APLICACIÓN

En todo lo no previsto expresamente en esta convocatoria, son de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo, Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones, que fue aprobada por acuerdo del Pleno de la Diputación de Cuenca de fecha 24 de octubre de 2012 (BOP N.º 147 de 19/12/2012), modificada con fecha 19 de diciembre de 2013 (BOP N.º 8 de 22/01/2014) y con fecha 27 de diciembre de 2023 (BOP N.º 19 de 14/02/2024), las Bases de ejecución del presupuesto de la Diputación de Cuenca, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,  la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el resto de la legislación concordante.

Normas Generales de la Convocatoria

https://www.dipucuenca.es/documents/34525/2169224/1.pdf/9b6dce5c-6560-1d42-4134-5bf55b903066?t=1791182329347

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/932875

Órgano Tramitador

Servicio de Deportes

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
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