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Subvención para acciones de control de poblaciones de conejo de monte año 2026 (Justificación)

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Subvención para acciones de control de poblaciones de conejo de monte año 2026 (Justificación)

Desde 02/10/2026 0:01 hasta 31/01/2027 23:59

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

El 19 de marzo de 2026, la Diputación Provincial de Cuenca, aprobó, mediante Decreto nº 1006/2026, la Convocatoria Pública de Concesión de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con destino a titulares de derechos cinegéticos en municipios declarados como comarca de emergencia cinegética temporal por daños de conejo de monte para apoyo de medidas de control de sus  poblaciones.

El objeto de esta Convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de subvenciones que otorgue la Diputación Provincial de Cuenca durante el año 2026, con el fin de favorecer al sector agrícola provincial afectado por daños causados por poblaciones de conejo de monte.

REQUISITOS

Las condiciones o requisitos que tienen que cumplir los titulares de derechos cinegéticos en municipios declarados como comarca de emergencia cinegética temporal por daños de conejo de monte para apoyo de medidas de control de sus  poblaciones  para obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones son las siguientes: 

  • Deberán estar inscritos en el Registro de Sociedades y Asociaciones Deportivas de Cazadores de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha y ser titulares de derechos cinegéticos en alguno de los cotos que se relacionan en el ANEXO IV, incluidos en las Comarcas de Emergencia Cinegética Temporal de la provincia de Cuenca establecidas cada año por resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
  • Asimismo podrán ser beneficiarias de la subvención las entidades que funcionen con otras formas de gestión societaria (Sociedades Unipersonales, sociedades Limitadas, etc), que cumplan los requisitos establecidos en estas Normas. En estos supuestos se aplicará el régimen previsto en el apartado anterior para las entidades y agrupaciones sin personalidad jurídica. 

La cuenta justificativa se acreditará mediante la documentación solicitada en el art. 19 de las Bases.

Se considerarán subvencionables los conceptos de gastos habidos hasta el 31 de diciembre de 2026 y contemplados en el artículo 6 de las Normas.

Cada ayuda será, como máximo y para cada solicitante, la recogida en el Anexo IV, no pudiéndose percibir nunca más ayuda de la cantidad justificada.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El beneficiario deberá presentar, por medios electrónicos, la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones requeridas HASTA EL 31 DE ENERO DE 2027.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

IMPORTANTE: en el caso de actuar como Representante de un Interesado especifíquelo en el Tipo de Personalidad. El procedimiento le solicitará los datos como Representante y los datos del Interesado.

En la fase final de la Justificación, deberá aportar:

1)      Formulario electrónico de justificación (Anexos II-III). Se rellenará on-line

2)       Anexo a la memoria anual de gestión cinegética con el resumen de los resultados obtenidos indicando los medios de captura empleados, número de personas cazadoras que han intervenido y número de conejos capturados, así como cualquier otra información que en el ámbito de aplicación de estas medidas excepcionales se considere relevante. Las capturas también se podrán justificar mediante documentación gráfica fechada o factura de entrega a empresas de comercialización de carne de caza con indicación de origen y número de las capturas.

3)      Fichero Excel que comprende la hoja Factura (relación de las facturas y los justificantes de gastos que se imputan a la subvención concedida), y la hoja Financiación (Otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada). Dicho fichero podrá descargarse desde el trámite correspondiente de la sede electrónica.

4)      Fichero PDF resultante de la conversión del anterior fichero Excel una vez cumplimentado.

5)      Facturas y/o documentos de valor probatorio, equivalente en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa, detalladas en el fichero Excel, y que se adjuntarán en el orden detallado en el mismo. Se recomienda numerarlas o renombrarlas para facilitar su identificación. Los conceptos de las facturas deberán venir desglosados a fin de poder asociarlos a la actividad competitiva según la memoria presentada y dentro del periodo de ejecución. Junto con cada Factura se acompañará el documento del pago realizado (Justificante bancario). El importe total imputado del gasto debe ser como mínimo el de la cuantía concedida. No se subvencionarán el IVA, ni otros impuestos.

6)      Memoria Justificativa que incluirá el presupuesto de gastos realizados y de ingresos obtenidos hasta la fecha de su presentación.

7)      Fotocopia del DNI (solo en caso de solicitar por primera vez la ayuda).

8)      Ficha de tercero actualizada, conforme al modelo de la Diputación Provincial de Cuenca.

Todos los documentos deberán ser firmados digitalmente al finalizar el trámite electrónico. 

NORMATIVA DE APLICACIÓN

  • Normas de la Convocatoria publicadas en el B.O.P. nº 35 , de 23 de marzo de 2026.
  • Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación, modificada por acuerdo plenario de 19 de diciembre de 2013 y publicada en el B.O.P. de 22 de enero de 2014.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (L.G.S.).
  • Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. RD 887/2006 de 21 de julio.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial de Cuenca.
  • Otras disposiciones de derecho administrativo que resulten de aplicación.

Órgano Tramitador

Emprendimiento. Reto Demográfico y Agricultura.

Órgano Resolutor

Presidente de la Diputación Provincial.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
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