El 19 de marzo de 2026, la Diputación Provincial de Cuenca, aprobó, mediante Decreto nº 1006/2026, la Convocatoria Pública de Concesión de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con destino a titulares de derechos cinegéticos en municipios declarados como comarca de emergencia cinegética temporal por daños de conejo de monte para apoyo de medidas de control de sus poblaciones.
El objeto de esta Convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de subvenciones que otorgue la Diputación Provincial de Cuenca durante el año 2026, con el fin de favorecer al sector agrícola provincial afectado por daños causados por poblaciones de conejo de monte.
Las condiciones o requisitos que tienen que cumplir los titulares de derechos cinegéticos en municipios declarados como comarca de emergencia cinegética temporal por daños de conejo de monte para apoyo de medidas de control de sus poblaciones para obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones son las siguientes:
La cuenta justificativa se acreditará mediante la documentación solicitada en el art. 19 de las Bases.
Se considerarán subvencionables los conceptos de gastos habidos hasta el 31 de diciembre de 2026 y contemplados en el artículo 6 de las Normas.
Cada ayuda será, como máximo y para cada solicitante, la recogida en el Anexo IV, no pudiéndose percibir nunca más ayuda de la cantidad justificada.
El beneficiario deberá presentar, por medios electrónicos, la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones requeridas HASTA EL 31 DE ENERO DE 2027.
IMPORTANTE: en el caso de actuar como Representante de un Interesado especifíquelo en el Tipo de Personalidad. El procedimiento le solicitará los datos como Representante y los datos del Interesado.
En la fase final de la Justificación, deberá aportar:
1) Formulario electrónico de justificación (Anexos II-III). Se rellenará on-line
2) Anexo a la memoria anual de gestión cinegética con el resumen de los resultados obtenidos indicando los medios de captura empleados, número de personas cazadoras que han intervenido y número de conejos capturados, así como cualquier otra información que en el ámbito de aplicación de estas medidas excepcionales se considere relevante. Las capturas también se podrán justificar mediante documentación gráfica fechada o factura de entrega a empresas de comercialización de carne de caza con indicación de origen y número de las capturas.
3) Fichero Excel que comprende la hoja Factura (relación de las facturas y los justificantes de gastos que se imputan a la subvención concedida), y la hoja Financiación (Otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada). Dicho fichero podrá descargarse desde el trámite correspondiente de la sede electrónica.
4) Fichero PDF resultante de la conversión del anterior fichero Excel una vez cumplimentado.
5) Facturas y/o documentos de valor probatorio, equivalente en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa, detalladas en el fichero Excel, y que se adjuntarán en el orden detallado en el mismo. Se recomienda numerarlas o renombrarlas para facilitar su identificación. Los conceptos de las facturas deberán venir desglosados a fin de poder asociarlos a la actividad competitiva según la memoria presentada y dentro del periodo de ejecución. Junto con cada Factura se acompañará el documento del pago realizado (Justificante bancario). El importe total imputado del gasto debe ser como mínimo el de la cuantía concedida. No se subvencionarán el IVA, ni otros impuestos.
6) Memoria Justificativa que incluirá el presupuesto de gastos realizados y de ingresos obtenidos hasta la fecha de su presentación.
7) Fotocopia del DNI (solo en caso de solicitar por primera vez la ayuda).
8) Ficha de tercero actualizada, conforme al modelo de la Diputación Provincial de Cuenca.
Todos los documentos deberán ser firmados digitalmente al finalizar el trámite electrónico.
Emprendimiento. Reto Demográfico y Agricultura.
Presidente de la Diputación Provincial.