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Justificación subvención instalaciones deportivas para EATIM y ayuntamientos de hasta 7000 habitantes

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Justificación subvención instalaciones deportivas para EATIM y ayuntamientos de hasta 7000 habitantes

Desde 11/10/2025 0:00 hasta 28/06/2027 23:59

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Conforme a lo dispuesto en las Bases de la convocatoria para concesión de subvenciones para la Mejora, Reforma, Adaptación y Creación de Instalaciones Deportivas de uso y titularidad pública en la provincia de Cuenca, así como para la adquisición del equipamiento deportivo de las misma (EATIM y Ayuntamientos hasta 7.000 habitantes), aprobadas por Resolución de la Presidencia nº 7030, de 7 de octubre 2025, publicadas en el BOP nº 117, de fecha 10 de octubre de 2026, las actuaciones objeto de la subvención deberán ser ejecutadas desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca hasta el día 28 de febrero de 2027, ambos inclusive. Las subvenciones concedidas deberán justificarse, como máximo en el plazo de UN MES desde la finalización del plazo para la realización de la actividad (28 de marzo de 2027).

La justificación por el beneficiario del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención revestirá la modalidad de cuenta justificativa con aportación del gasto.

 

Documentación a presentar

1.- Dos fotografías que muestren el estado inicial y final de la actuación concedida o, en su caso, tratándose de subvención concedida para el equipamiento suministrado. En este último caso las fotografías acreditarán la colocación de los elementos suministrados. Las fotografías recogerán las medidas de difusión establecidas en el art. 28 de las presentes bases.

2.- Formulario electrónico de Instancia del beneficiario, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo II de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación, que contendrá indicación expresa del importe de la subvención concedida y del importe que se justifica, que será la de la totalidad del proyecto, esto es, se deberá presentar la justificación por el importe total (la parte subvencionada por esta Excma. Diputación con cargo a la presente Convocatoria más la parte que aportará la entidad local beneficiaria).

3.- Formulario electrónico de Certificación, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo III de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación, expedida por el secretario de la entidad acreditativa de:

- Que los fondos recibidos han sido aplicados a la finalidad para la que fue concedida la subvención.

- Que no se han recibido otras subvenciones o ayudas de Organismos Públicos o Privados, que junto con la concedida por la Diputación de Cuenca, superen el coste total de la actividad.

4- Índice numerado de los justificantes que se presentan, de acuerdo con el modelo que figura como anexo III de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación. Los justificantes deberán estar igualmente numerados y respetar el orden señalado en el índice. Se presentarán los justificantes de todo el proyecto.

5.-Documentación relativa a la ejecución:

a. Un Proyecto de ejecución de obra en caso de ser legalmente necesario.

b. Certificado del Acuerdo del órgano municipal competente aprobando el expediente de contratación en los términos regulados en los artículos 116 y 117 de la Ley 9/2017. MODELO 1A (Contrato mayor) Y MODELO 1B (Contrato Menor).

c. Certificado del Acuerdo del órgano municipal competente de adjudicación del contrato de obra o de suministro o, en su caso, de ejecución por Administración que acredite expresamente el cumplimiento de los trámites y requisitos establecidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP). MODELO 2.

d. Acta de Comprobación del replanteo de la obra (en aquellas subvenciones que no se hayan concedido para equipamiento). MODELO 3.

e. En el supuesto de un Contrato de Obras:

1. Remisión de un ejemplar de la certificación de obra ejecutada, expedida por la dirección facultativa al Ayuntamiento o de los oportunos justificantes de gastos realizados por todos los conceptos y/o de las relaciones valoradas, acompañadas por el correspondiente documento contractual donde figure el precio concertado, en el supuesto de la ejecución de la obra por Administración; y de un ejemplar de la/s factura/s originales o fotocopias compulsadas emitida por el contratista adjudicatario de las obras, que deberá contener los datos que determina el artículo 30 de la Ley General de Subvenciones. MODELO 4.

2. Certificado del Acuerdo del órgano de contratación aprobando las certificaciones de obras, facturas y por tanto, el Reconocimiento de las obligaciones por parte de la entidad contratante.MODELO 5.

f. En el supuesto de un Contrato de Suministro de Equipamiento:

1. Presentación de factura/s del suministro al Ayuntamiento.

2. Certificado del Acuerdo del órgano de contratación aprobando las facturas y por tanto el Reconocimiento de las obligaciones por parte de la entidad contratante.

g. Acta de recepción de las obras que obligatoriamente deberá hacerse en presencia de un miembro autorizado por el equipo de gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca. MODELO 6.

h. El beneficiario deberá comunicar con la suficiente antelación a la Diputación Provincial la fecha y hora en que se procederá a efectuar el acto de recepción, entendiéndose por tal, al menos, tres días hábiles anteriores a dicho acto.

A efectos de la justificación de la subvención, se considera gasto efectuado, el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación determinado por la normativa reguladora de la subvención.

El ente beneficiario debe de presentar la acreditación de pago de las facturas correspondientes a gastos realizados en el período de ejecución.

Todos los justificantes y documentación de esta cuenta justificativa comprenderán siempre la de todo el proyecto, esto es, se deberá presentar la justificación por el importe total (la parte subvencionada por esta Excma. Diputación con cargo a la presente Convocatoria más la parte que aportará la entidad local beneficiaria).

La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia. 

 

COSTES

Gratuito.

ÓRGANO TRAMITADOR

Servicio de Contratación.

ÓRGANO RESOLUTOR

Presidente de la Diputación Provincial. 

NORMATIVA DE APLICACIÓN                                                                   

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones  (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)

Bases Generales de la Convocatoria

La Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones (OGRS), que fue aprobada por acuerdo del Pleno de la Diputación de Cuenca de fecha 24 de octubre de 2012 (BOP 19/12/2012), y modificada con fecha 19 de diciembre de 2013 (BOP Nº 8 de 22/01/2014) y con fecha 27 diciembre de 2023 (BOP Nº 19 de 14/02/2024),

Normas de la Convocatoria de Subvenciones

https://www.dipucuenca.es/documents/34525/1890272/2.pdf/16b265bb-1be6-78ca-a385-96b947438aec?t=1760077567124

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
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