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Convocatoria de subvenciones encaminadas al fomento de la corresponsabilidad entre hombre y mujeres CONCILIA 2026

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Convocatoria de subvenciones encaminadas al fomento de la corresponsabilidad entre hombre y mujeres CONCILIA 2026

Desde 28/07/2026 0:00 hasta 24/08/2026 23:59

OBJETO DE LA CONVOCATORIA

La presente Convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones, a ayuntamientos de la provincia de Cuenca de entre 1.800 y 10.000 habitantes, destinadas exclusivamente a financiar los costes derivados de la puesta en marcha y funcionamiento de las actuaciones encaminadas al fomento de la corresponsabilidad para el cuidado de menores de hasta 14 años inclusive, mediante servicios de carácter colectivo que puedan prestarse en dependencias convenientemente habilitadas al efecto.

Se entiende como servicios de carácter colectivo, a los efectos de esta subvención, aquellos centros, servicios o espacios delimitados, que tienen como finalidad principal garantizar el derecho de los menores al juego y a un ocio que promueva su desarrollo integral.

Las actuaciones subvencionadas deberán realizarse, obligatoriamente, en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2025 al 30 septiembre de 2026.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

 El procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones de la presente convocatoria es el de concurrencia competitiva

 Todos los trámites relacionados con la solicitud y la tramitación del correspondiente expediente administrativo se realizarán por medios electrónicos.

 Las notificaciones por medios electrónicos se practicarán mediante comparecencia en esta Sede Electrónica, por lo que deberán estar atentos a los posibles avisos de notificación que llegarán a sus correos electrónicos.

REQUISITOS

Los ayuntamientos solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

- Tener una población entre 1.800 y 10.000 habitantes.

- Tener plena disponibilidad del inmueble y/o espacios en los que se quiere llevar a cabo el proyecto, y que el mismo dispone de las infraestructuras precisas y que cumple la normativa que han de cumplirse para este tipo de actividades.

- Disponer de la estructura, capacidad y solvencia suficientes para garantizar el desarrollo de las actividades subvencionadas.

- Estar en disposición de poder contar con personal cualificado para el asesoramiento, formación y dinamización de talleres, para el uso de materiales lúdicos, tanto a niños y adolescentes como a sus padres y madres. La formación de estos profesionales será: Diplomado/Graduado en Educación Infantil, Educación Primaria, Pedagogía Terapéutica, o Audición y Lenguaje, Técnica/o Superior en Educación Infantil, Técnica/o Superior en Animación sociocultural y turística, Técnica/o Superior en Enseñanza y animación socio deportiva, Técnica/o Superior en Integración social, Auxiliar de Educación Infantil o de Jardín de Infancia, Monitoras/es de ocio y tiempo libre.

Podrá tener carácter itinerante siempre y cuando cuente con un centro permanente como base de referencia. Será preciso comprobar que las personas que ejecuten las actuaciones dispongan de la correspondiente certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

- Estar en disposición de contratar, durante la ejecución del proyecto para el que se solicita la subvención, una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra la ejecución del mismo.

- No haber recibido de la Diputación de Cuenca alguna subvención o ayuda para los mismos o similares fines durante el mismo ejercicio presupuestario.

- No tener pendiente justificar alguna subvención concedida por la Diputación de Cuenca cuando el periodo de tiempo concedido a tal fin haya finalizado.

- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

No podrán obtener la condición de beneficiario de esta subvención los ayuntamientos en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

Las solicitudes de podrán presentar dentro de los 20 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca a través de la Base Nacional de Datos de Subvenciones (BDNS) de conformidad con el artículo 23.2 de la Ley General de Subvenciones.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia.

Para solicitar esta subvención deberán presentarse:

-      ANEXO I- Instancia de solicitud.

-      ANEXO IV- Programación detallada del proyecto o actividad a subvencionar.

-      Certificado del padrón de habitantes a 1 de enero de 2026, que incluya además el nº de habitantes por tramos de edad.

-      Certificado de tener establecido un precio público por la prestación del servicio para el que se solicita la subvención siempre y cuando no sea gratuito o certificación negativa en caso contrario

Además a la solicitud se acompañará, salvo que ya obren en poder de la Diputación y no hayan sufrido algún tipo de modificación posterior, de los siguientes documentos:

-      C.I.F. de la Entidad.

-      Certificado de representante legal y fotocopia de su N.I.F.

-      Ficha de Terceros- Esta se presentará en el trámite aparte, habilitado al efecto en la Sede Electrónica de la Diputación denominado Ficha de Terceros.

Se facilitan para este trámite en formato Word los ANEXOS I y IV.

Toda la documentación presentada deberá ir en formato pdf y los anexos y certificados deberán ir firmados por el representante legal.

COSTES

Gratuito

ÓRGANO TRAMITADOR

Área de Servicios Sociales.

ÓRGANO RESOLUTIVO

Presidente de la Diputación Provincial o Diputado en quien delegue. 

NORMATIVA DE APLICACIÓN                                                                   

  • Bases de Convocatoria publicadas en el B.O.P. nº -85 de 27 de julio de 2026. Estas Bases podrán consultarse además en los Tablones de Anuncios de la Web y de la Sede Electrónica de la Diputación así como en Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/921148).
  • Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación, modificada por acuerdos plenarios de 19 de diciembre de 2013 y de 27 de diciembre de 2023 (publicadas en el B.O.P. de 22 de enero de 2014 y de 19 de febrero de 2024).
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (L.G.S.).
  • Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. RD 887/2006 de 21 de julio.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación para 2026.
  • Otras disposiciones de derecho administrativo que resulten de aplicación.

 

Documentación

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
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