La Residencia Provincial “Sagrado Corazón de Jesús” ofrece estancias temporales destinadas a personas mayores que necesiten alojamiento, manutención y atención integral por un periodo limitado, manteniendo durante su estancia los mismos derechos y obligaciones que los residentes fijos.
Estas estancias pueden solicitarse, entre otros motivos, por convalecencia tras enfermedad, accidente o intervención quirúrgica; imposibilidad temporal de atención por parte de familiares o cuidadores; necesidad de alojamiento provisional por obras en el domicilio; o por vacaciones familiares y respiro del cuidador principal (ver reglamento).
La duración de las estancias temporales varía según su causa, con límites establecidos entre 5 y 90 días, pudiendo ampliarse en casos debidamente justificados. En determinados supuestos de vacaciones familiares o respiro del cuidador, la duración máxima podrá ser de hasta 30 o 45 días, respectivamente. El total acumulado de estancias temporales no podrá superar 180 días al año ni más de tres solicitudes anuales por persona, dentro de los límites previstos reglamentariamente.
La prestación de este servicio tiene carácter público no gratuito, siendo su coste el mismo que el establecido para las plazas fijas conforme a la ordenanza fiscal vigente de la Residencia Provincial “Sagrado Corazón de Jesús”.
Asimismo, una vez obtenida una plaza de carácter temporal, si la persona interesada desea solicitar su ampliación por mantenerse o concurrir los requisitos específicos exigidos para este tipo de plazas no definitivas, deberá tramitar la correspondiente solicitud de ampliación de los días de estancia de carácter no definitivo, mediante el procedimiento habilitado al efecto.
La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia.
Podrá solicitarse a través de la sede electrónica mediante firma digital, o bien presencialmente en el registro de la diputación o cualquier otro registro acreditado.
En cualquier caso, tanto por la sede como presencialmente, deberá anexar a su solicitud aquellos documentos que se correspondan con su caso y que aparecen indicados en la propia solicitud.
Gratuito.
Servicios Sociales.
Presidente de la Diputación Provincial o persona en quien delegue
Así como las demás disposiciones vigentes que le sean de aplicación en cada momento.