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Solicitud Convocatoria Subvenciones comercio de alimentación en pequeños municipios beneficiarios del servicio de comida a domicilio de la Diputación de Cuenca durante el año 2024

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Solicitud Convocatoria Subvenciones comercio de alimentación en pequeños municipios beneficiarios del servicio de comida a domicilio de la Diputación de Cuenca durante el año 2024

Desde el día 22/10/2025 hasta el día 05/12/2025

OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

El objeto de esta Convocatoria es favorecer el mantenimiento del pequeño comercio en los municipios más deshabitados de la provincia, con el objetivo de que estas ayudas poyen a quienes, mediante el autoempleo en determinadas actividades comerciales, contribuyen a dotar a estos núcleos de población de servicios básicos de consumo o de un lugar de reunión para los vecinos, contribuyendo de esta forma a luchar contra la despoblación en nuestro territorio.

La Convocatoria regula y fija los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de subvenciones que otorgue la Diputación Provincial de Cuenca durante el año 2025, con el fin de favorecer el mantenimiento del pequeño comercio de alimentación en pequeños municipios de la provincia de Cuenca (menores de  600 habitantes) beneficiarios del Servicio de comida a domicilio de la Diputación durante el año 2024, lo que supone una merma de ingresos en este tipo de establecimientos.


Esta ayuda figura en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026 de la Diputación Provincial de Cuenca aprobado por Decreto nº 244 de 5 de febrero de 2024 y modificado por decreto nº 829 de 20 de marzo de 2025 y por decreto nº 3799 de 13 de junio de 2025.
 

REQUISITOS

GASTOS SUBVENCIONABLES.
Cada ayuda consistirá, como máximo y para cada solicitante, en una cantidad equivalente a la cuota anual establecida dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, según los criterios establecidos por la normativa estatal en materia de Seguridad Social, con el límite cuantitativo de la consignación presupuestaria fijada cada año por la Diputación Provincial de Cuenca y el establecido en el Artículo 13.

Son obligaciones de quienes sean beneficiarios de estas subvenciones, además de las especificadas en el artículo 14 de la LGS, las que a continuación se indican. Su incumplimiento originará las responsabilidades que en cada caso correspondan y, en su caso, la incoación del expediente de reintegro de la subvención:


a) Someterse a las actuaciones de control financiero y fiscalización que realice la Intervención General de la Diputación, y a los demás trámites de comprobación de sus
servicios técnicos.


b) Mantener el establecimiento abierto en horario comercial.


c) El beneficiario debe realizar en el municipio y local declarado alguna de las actividades comprendidas en los epígrafes citados en la base sexta.


d) Comunicar al Servicio de Emprendimiento, Reto Demográfico y Agricultura, en el momento que se produzca, cualquier eventualidad sobrevenida a la actividad subvencionada y que afecte a su realización (fechas, lugar de realización, presupuesto, tipo de actividad, etc.), debiendo ser solicitado cualquier cambio en el destino de la subvención para que, si procede, sea autorizado. 

e) Admitir las medidas de evaluación y seguimiento sobre la aplicación de las cantidades
concedidas, que en su momento se puedan arbitrar.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

El plazo de presentación de las solicitudes será de 1 mes, contado desde el siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

ANEXO I. INSTANCIA SOLICITUD. Acompañado de la siguiente documentación:

a) Anexos I,II y III de solicitud y justificación de la ayuda.

b) Otorgamiento de Representación (cuando la solicitud de ayuda sea presentada por persona distinta de la que ejerce la actividad subvencionable debe figurar en el
expediente acreditación del poder otorgado para hacer las funciones de representación).

c) Certificado Censal de alta en Actividades Económicas, emitido por la AEAT. d) Informe de datos de cotización durante 2024, emitido por la TGSS, en el que aparezcan
las fechas de alta y las bases de cotización.

e) Licencia de actividad en vigor o solicitud de petición de licencia de actividad al Ayuntamiento.

f) DNI (solo en caso de solicitar por primera vez la ayuda).

g) Ficha de tercero actualizada, conforme al modelo de la Diputación Provincial de Cuenca.

h) Anexo IV (únicamente se debe aportar este documento junto con las solicitudes que presenten las Comunidades de Bienes.

En el caso de que la actividad subvencionable se ejerza a través de Comunidad de Bienes se deben observar además las siguientes reglas para presentar la solicitud: 

a) Los Anexos I,II y III (solicitud-justificación de la ayuda) debe ir a nombre de la Comunidad de bienes titular de la actividad subvencionable, expresando además la identidad de los miembros comuneros que la integran en el apartado reservado para ello.

b) Debe figurar en el expediente documento acreditativo de la representación otorgada a uno de los miembros de la entidad, con poderes bastantes para realizar los actos
relativos a este procedimiento.

c) Debe figurar en el expediente documento acreditativo del porcentaje de participación de cada comunero en la entidad (no es necesario que la Comunidad de Bienes
interesada aporte este documento si ya se encuentra en poder de la Diputación Provincial con motivo de la tramitación de expedientes anteriores).

d) Debe figurar en el expediente la ficha de terceros de cada uno de los comuneros en cuyas cuentas bancarias se realizará el ingreso de la ayuda concedida.

e) Se debe aportar un Anexo IV (declaración de compromisos de ejecución de los miembros que integran la Comunidad de Bienes).

En el caso de que la actividad subvencionable se ejerza a través de una Sociedad Mercantil, la solicitud de la ayuda se presentará mediante el Anexo de Solicitud-Justificación,
que irá a nombre de la entidad que ejerce la actividad subvencionable, detallando en el apartado reservado al efecto los nombres de los socios que la integran.

Para la justificación de las ayudas previstas en la presente convocatoria, la entidad beneficiaria presentará los ANEXOS II Y III, conforme a los modelos oficiales aprobados por la Diputación acompañados.


 

NORMATIVA DE APLICACIÓN

Bases de Convocatoria. Publicadas en el BOP: https://www.dipucuenca.es/documents/34525/1894230/1.pdf/85c23df3-c767-80bd-f61b-adca3e4a31bc?t=1760942000994

Estas Bases podrán consultarse, además en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cuenca así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Órgano Tramitador

Desarrollo Local.

Órgano Resolutor

Presidente de la Diputación Provincial o Diputado/a en quien delegue.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
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