Espere, por favor...
Espere, por favor...
Sede Electrónica DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA
Sede Electrónica
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA

Solicitud Convocatoria para la Concesión de Ayudas a Personas Trabajadoras Autónomas y Microempresas de Municipios de la Provincia de Cuenca de Menos de 5.000 Habitantes, Ejercicio 2025

Escudo de DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA
Sede Electrónica > Solicitud Convocatoria para la Concesión de Ayudas a Personas Trabajadoras Autónomas y Microempresas de Municipios de la Provincia de Cuenca de Menos de 5.000 Habitantes, Ejercicio 2025

Solicitud Convocatoria para la Concesión de Ayudas a Personas Trabajadoras Autónomas y Microempresas de Municipios de la Provincia de Cuenca de Menos de 5.000 Habitantes, Ejercicio 2025

Desde el día 18/10/2025 hasta el día 05/12/2025

OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

El objeto de esta Convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de subvenciones que otorgue la Diputación Provincial de Cuenca durante el año 2025, con el fin de favorecer el mantenimiento de la actividad económica desarrollada por personas trabajadoras autónomas y microempresas en los municipios de menor población de la provincia de Cuenca.

Esta ayuda figura en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026 de la Diputación Provincial de Cuenca aprobado por Decreto nº 244 de 5 de febrero de 2024, modificado por decreto nº 829 de 20 de marzo de 2025 y por decreto nº 3799 de 13 de junio de 2025.

El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de concesión de subvenciones dirigidas a trabajadores autónomos y microempresas, para financiar actuaciones de inversión durante el año 2024.

La finalidad de las ayudas es subvencionar a quienes, mediante el autoempleo o la microempresa, contribuyen a dotar a nuestros pequeños municipios de actividad económica y constituyen por ello un instrumento útil para fijar población en el territorio. De este modo, se contribuye a la consecución de dos de los objetivos estratégicos contemplados en el citado plan:

  • Favorecer el desarrollo económico y social de la provincia fomentando el empleo y fortaleciendo el sector empresarial conquense.
  • Promover e impulsar el desarrollo del territorio provincial utilizando criterios de reequilibrio social, territorial y medioambiental, mediante la generación de un desarrollo sostenido e integrado.
     

REQUISITOS

1. Actividades subvencionables.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Personas Trabajadoras Autónomas y las Microempresas, que desarrollen su actividad comercial o de servicios con un mínimo desde el 1 de enero de 2024 y que tengan su domicilio fiscal y su establecimiento principal en un municipio de la provincia de Cuenca de menos de 5.000 habitantes (referidos a fecha 1 de enero de 2024, datos INE).

Gastos subvencionables. Serán subvencionables los gastos en inmovilizado realizados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024, cuyo valor de adquisición no sea inferior a 500,00 € (IVA excluido), encuadrados en las siguientes cuentas de su Plan de Contabilidad o, en caso de no ser de aplicación un plan contable, por los siguientes conceptos:

  • 212 – Instalaciones técnicas
  • 213 – Maquinaria
  • 216 – Mobiliario
  • 217 – Equipos para procesos de información
  • 218 – Elementos de transporte
  • 219 – Otro inmovilizado material

Sólo será subvencionable una única actuación por beneficiario, que deberá estar directamente relacionada con la actividad económica realizada y servir para su proceso productivo. De este modo, no será subvencionable la inversión de un trabajador autónomo y la inversión de una empresa de la que forme parte ese autónomo, por tratarse del mismo beneficiario. La actuación subvencionada podrá contener varios elementos iguales o complementarios entre sí, que constituyan un conjunto destinado a una misma finalidad, siempre que estén incluidos en una única factura.

A los efectos de lo previsto en este artículo, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención.

Si la inversión requiere instalación o envío, dichos gastos podrán reflejarse en la factura y ser imputados con cargo a la ayuda, siempre que el valor de adquisición del inmovilizado no sea inferior a 500,00 € excluyendo el IVA y estos conceptos.

El IVA soportado no será subvencionable.

En ningún caso serán subvencionables gastos corrientes.

2. Requisitos.

Los solicitantes de ayuda deberán reunir los siguientes requisitos para ser subvencionables:

  • a) Desarrollar una actividad empresarial en un municipio de la provincia de Cuenca con población inferior a 5.000 habitantes (Datos INE 2024)
  • b) En el caso de varias actividades, al menos una de ellas se ha de ejercer en el municipio del solicitante por él mismo, o por un familiar de primer grado, al menos desde el 1 de enero de 2024.
  • c) No tener deuda pendiente de pago con la AEAT ni con la Seguridad Social. A los efectos de esta convocatoria, se entiende que no tienen deuda pendiente quienes hayan obtenido acuerdo de aplazamiento o de fraccionamiento de pago.
  • d) Estar debidamente autorizados por el Ayuntamiento del municipio para el ejercicio la actividad subvencionable, en el caso de ser preciso. 

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

El plazo de presentación de las solicitudes será de 1 mes, contado desde el siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria y sus modificaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

ANEXO I.- INSTANCIA SOLICITUD. Acompañado de la siguiente documentación:

a)       Copia del NIF / CIF del solicitante.

b)      Otorgamiento de Representación (cuando la solicitud de ayuda sea presentada por persona distinta de la que ejerce la actividad subvencionable debe figurar en el expediente acreditación del poder otorgado para hacer las funciones de representación).

c)       Certificado Censal de alta en Actividades Económicas, emitido por la AEAT.

d)      Informe de datos de cotización, emitido por la TGSS, en el que aparezcan las fechas de alta y las bases de cotización, indicando el nº de trabajadores y trabajadoras.

e)       En caso de trabajadores contratados, para acreditar el nivel de empleo durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, diferenciado por sexo, los solicitantes deberán aportar el Informe de Plantilla Media de Trabajadores en Situación de Alta, desglosado por sexo (hombres y mujeres), correspondiente al citado ejercicio. Este informe debe ser emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y podrá solicitarse a través de su Sede Electrónica (https://sede.seg-social.gob.es) o mediante el sistema RED. En caso de que el informe estándar no incluya dicho desglose, podrá solicitarse una certificación personalizada mediante registro electrónico, indicando expresamente que se requiere el número medio de trabajadores durante el periodo de ejecución, con diferenciación por sexo, a efectos de justificar la participación en convocatorias de ayudas públicas. Alternativamente, y de forma complementaria, podrá presentarse un certificado interno firmado por la persona responsable de la empresa, que indique el número medio de hombres y mujeres contratados en el ejercicio, reservándose la Diputación el derecho a requerir documentación adicional para verificar los datos aportados.

f)        Licencia de actividad en vigor o solicitud de petición de licencia de actividad al Ayuntamiento, en el caso de ser preceptiva.

g)       Certificados de encontrarse al corriente de pagos con la AEAT y con la Tesorería de la Seguridad Social.

En el caso de Comunidades de Bienes, deberá aportarse:

  • Certificación acreditativa de que la Comunidad de Bienes se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Certificaciones acreditativas de que cada uno de los socios comuneros se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

 h)      Ficha de tercero actualizada, conforme al modelo de la Diputación Provincial de Cuenca que se deberá haber presentado también a través del enlace habilitado específicamente en la Sede electrónica de la Diputación (https://sede.dipucuenca.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=13401).

Para la justificación de las ayudas previstas en la presente convocatoria, la entidad beneficiaria presentará los ANEXOS II Y III, conforme a los modelos oficiales aprobados por la Diputación acompañados, tal y como se indica en los mismos de la siguiente documentación:

 ANEXO II, MEMORIA DE ACTUACIÓN:

 a)       Memoria de Actuación Justificativa del cumplimiento de las condiciones de la subvención (se puede rellenar sobre el propio Anexo)

 ANEXO III, MEMORIA ECONÓMICA JUSTIFICATIVA, debidamente cumplimentado y adjuntando expresamente:

 a)       Facturas y/o documentos de valor probatorio, equivalente en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa, ordenados correlativamente de acuerdo con el índice presentado, y en su caso documentación acreditativa del pago.

b)      Declaración responsables, a rellenar sobre el mismo ANEXO III, en la que se haga constar: Que se ha realizado la actividad; Que los fondos han sido aplicados a la finalidad subvencionada (señalar lo que corresponda); que las facturas y justificantes aportados corresponden a gastos directamente relacionados con la actividad subvencionada; que el beneficiario de la subvención se halla al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social; si se han obtenido o no, otras subvenciones o ayudas que se han aplicado a la finalidad subvencionada y que junto con la concedida por la Diputación Provincial de Cuenca, no superan el coste total de la actividad (téngase en cuenta que estas ayudas con incompatibles con cualquier otra  ayuda obtenida con la misma finalidad).

c)       Índice de justificantes de pago, indicando: Descripción del gasto, Proveedor, Nº de Factura, Fecha Factura, Importe e Importe a imputar. (se puede rellenar sobre el propio ANEXO III)

d)      Ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada (se puede rellenar sobre el propio ANEXO III)

 

Los distintos anexos necesarios para la solicitud de estas ayudas se encuentran disponibles en el trámite abierto en la Sede Electrónica para gestión de este procedimiento administrativo “Solicitud Convocatoria para la Concesión de Ayudas a Personas Trabajadoras Autónomas y Microempresas de Municipios de la Provincia de Cuenca de Menos de 5.000 Habitantes, para Subvencionar la realización de actuaciones de inversión. Ejercicio 2025”.

 

JUSTIFICACIÓN DE GASTOS:

Forma de justificación del pago. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 30.2 de la Ley General de Subvenciones, la rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario o de la entidad colaboradora, en la que se deben de incluir, bajo la responsabilidad del declarante, los justificantes de gasto y pago que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención pública.

 El ente beneficiario debe de presentar la acreditación de pago de las facturas correspondientes a gastos realizados en el periodo elegible. La acreditación del pago de las facturas podrá realizarse por alguna de las siguientes formas:

 a)        En los supuestos de pago mediante transferencia bancaria o domiciliación en cuenta:

El pago se acreditará con la copia del resguardo bancario correspondiente donde conste en el concepto el número de factura o, en su defecto, el concepto abonado, así como la identificación del ordenante y del beneficiario de la operación en los supuestos de transferencia bancaria, domiciliación en cuenta o pago con tarjeta.

 b)        En los supuestos de pago mediante cheque nominativo o pagaré:

Copia del extracto bancario del cargo en cuenta correspondiente a la operación justificada, debiendo quedar suficientemente detallado el concepto del gasto en los supuestos de pago mediante cheque nominativo o pagaré.

 c)         En los supuestos de pago en metálico:

Factura o documento legalmente aceptado (seguros etc…) firmado por el acreedor indicando la fecha de cobro, nombre y apellidos, DNI del perceptor del metálico e indicación de “Pagado en metálico o Recibí en metálico, en los supuestos de pagos en efectivo hasta 999,99 euros”.  No se admitirán pagos en metálico iguales o superiores a 1.000,00 euros.

 d)        En los supuestos de pago por internet:

             Copia del resguardo del pago donde conste el número de factura o, en su defecto el concepto abonado.

  La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan. En particular, el solicitante acepta que la Diputación Provincial de Cuenca, con ocasión de la tramitación de estas ayudas, haga uso de sus datos de carácter personal, en los términos que dispone la Ley Orgánica, 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales. En caso contrario, el solicitante ha de indicar expresamente en la solicitud su oposición.

 La Diputación Provincial de Cuenca podrá consultar o recabar los documentos no aportados por el interesado que obren en otras Administraciones Públicas. Del mismo modo podrá realizar cuantas comprobaciones y verificaciones fueran necesarias en referencia a la documentación presentada por el interesado, salvo que éste manifieste expresamente su oposición a ello. No obstante, no cabe oposición cuando la reclamación de la documentación se exija en el ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección. En caso de que el interesado se oponga a tales actuaciones de comprobación o consulta habrá de aportar toda la información requerida.. 
 

NORMATIVA DE APLICACIÓN

Estas Bases podrán consultarse además en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cuenca así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Órgano Tramitador

Empresas.

Órgano Resolutor

Presidente de la Diputación Provincial o Diputado/a en quien delegue.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
Precarga de imagen Precarga de imagen