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III Concurso de Proyectos Empresariales Innovadores - INTEGRA 4.0, Año 2024”. (Justificación Segundo Pago)

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III Concurso de Proyectos Empresariales Innovadores - INTEGRA 4.0, Año 2024”. (Justificación Segundo Pago)

Hasta el día 31/12/2025

OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El objeto de esta convocatoria es apoyar el establecimiento en Cuenca y en la provincia, de los emprendedores premiados y comprometidos con el desarrollo de su propio negocio empresarial a través de una ayuda económica que les facilite la consolidación del proyecto de empresa innovador promovido por cada uno de ellos.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

La financiación de estas ayudas se realizará por importe de 1.119.493,30 €.

El apoyo al emprendimiento, en forma de subvención económica, se concedió por un máximo de 100.000,00 € por proyecto en función de la inversión declarada por cada promotor, la valoración obtenida por el proyecto y el número de solicitudes presentadas.

Los beneficiarios de subvención al amparo de esta convocatoria estarán obligados a justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad, el cumplimiento de la finalidad y el grado de consecución de los objetivos fijados, antes del 31 de diciembre de 2025 (Disposición séptima del Nº 8899 de 25/11/2024 "Decreto concesión premios INTEGRA 2024" - BOP 138 de 27 de noviembre de 2024)

La Justificación de los gastos subvencionables se inicia seleccionando en la parte inferior Nueva instancia

RÉGIMEN DE PAGO

  • Régimen de Primer Pago en concepto de ANTICIPO: consistió en el 70% de la subvención concedida y se abonó una vez presentada la comunicación de inicio del proyecto conforme a lo establecido en la convocatoria.
  • Régimen de Segundo Pago: consistirá en el 30% restante de la subvención concedida y se abonará en el plazo de tres meses a contar desde la justificación de los gastos de inicio de la actividad y ejecución del proyecto o de su instalación en territorio subvencionable de la Provincia de Cuenca y se compruebe la realización de la actuación.

En caso de haber realizado la inversión subvencionable con anterioridad a esa fecha, podrán solicitar el 2º Pago cuando dispongan de los justificantes del gasto y pagos que la han generado.

Importe de la subvención: Se subvenciona el 70% de los gastos de inversión en activos fijos necesarios para el funcionamiento y mantenimiento de la actividad emprendedora que se hayan adquirido por el importe que corresponda a cada beneficiario. (Artículo 6 de la convocatoria).

- El “Importe a imputar“ o “Importe justificado” será la suma de las Bases imponibles o importes brutos del gasto.

- El IVA, y demás impuestos no serán subvencionables.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

En esta fase de justificación y solicitud del 2º Pago (30%), deberá aportar:

  1. Formulario electrónico de justificación (Anexo II y Anexo III). Incluye resumen Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de la subvención y Declaraciones responsables.
  2. Fichero Excel que comprende la hoja Facturación (relación de las facturas y los justificantes de gastos que se imputan a la subvención concedida), y la hoja Financiación y que cumplimenta el Anexo III.
  3. Fichero PDF resultante de la conversión del anterior fichero Excel una vez cumplimentado.
  4. Facturas y/o documentos de valor probatorio acompañadas cada una por su documentación acreditativa del pago, y que se adjuntarán en el orden detallado en el fichero Excel ordenadas correlativamente de acuerdo con el índice presentado.
  5. Memoria justificativa en formato .PDF del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, coste total de la actividad, con indicación de si ésta ha sido financiada además de con la subvención, con fondos propios y otras subvenciones o recursos, debiendo acreditarse el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas y debe detallarse el proceso para la puesta en marcha de la idea de negocio, los objetivos cumplidos y la situación actual de la actividad. La memoria irá acompañada de fotografías u otro material audiovisual, que evidencie el funcionamiento de dicha actividad empresarial.
  6. En caso de no haberse presentado: Resolución de alta como empresa en el sistema de la Seguridad Social. El epígrafe de CNAE al que se adscribe en su alta en la Seguridad Social, debe de ser acorde a la actividad que presenta en su solicitud.
  7. Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia estatal de la administración tributariaDeclaración (Modelo 036 o 037) o “certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia estatal de la administración tributaria” (AEAT). El epígrafe de actividad económica (IAE) al que se adscribe en la Agencia Tributaria, debe de ser acorde a la actividad que presenta en su solicitud.
  8. En caso de modificación de Escritura o contrato de constitución, deberá presentar las escrituras de modificación de la empresa.
  9. Testimonio gráfico mediante foto de haber instalado el cartel informativo al que alude el artículo 8 de la Convocatoria (BOP nº 39 de 03 de abril de 2024).
  10. En el supuesto de adquisición de bienes inmuebles, debe aportarse certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial.
  11. De conformidad con el artículo 31.3 de la Ley 38/2003 “Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector público (Actual Ley 9/2017, de 8 de noviembre, LCSP) para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención. El ente concedente de la subvención podrá requerir las ofertas presentadas en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de la subvención.
  12. Certificados de estar al corriente de obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
  13. En caso de modificación, alteración de datos o cambios de cuenta bancaria, deberá presentar la Ficha de Terceros siguiendo este Trámite

ÓRGANO TRAMITADOR

Servicio de Emprendimiento, Reto Demográfico y Agricultura.

ÓRGANO RESOLUTOR

Presidente de la Diputación Provincial

NORMATIVA DE APLICACIÓN

Estas Bases podrán consultarse además en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

  • Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación, publicada en el B.O.P. de fecha 19 de diciembre de 2013 y 27 de diciembre de 2023 que fueron publicados en los B.O.P. nº 8 de fecha 22 de enero de 2014 y nº 19 de 14 de febrero de 2024, respectivamente.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (L.G.S.).
  • Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. RD 887/2006 de 21 de julio.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial de Cuenca.
  • Otras disposiciones de derecho administrativo que resulten de aplicación.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
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