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Justificación subvenciones para la puesta en marcha y funcionamiento de actuaciones encaminadas al fomento de la corresponsabilidad entre mujeres y hombres 2024

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Justificación subvenciones para la puesta en marcha y funcionamiento de actuaciones encaminadas al fomento de la corresponsabilidad entre mujeres y hombres 2024

Hasta el día 31/10/2024

DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE

Mediante este trámite se procederá a justificar la subvención CORRESPONSABILIDAD 2024 por parte de las entidades sociales beneficiarias.

Para ello deberá seguir los pasos que a continuación se detallan.

La documentación presentada se convertirá por parte de la aplicación en un documento PDF que posteriormente será firmado digitalmente.

También es posible añadir documentos adjuntos a la solicitud.

Todos los trámites relacionados con la solicitud de esta subvención y la tramitación del correspondiente expediente administrativo se realizarán por medios electrónicos.

Las notificaciones por medios electrónicos se practicarán mediante comparecencia en esta Sede Electrónica, por lo que deberán estar atentos a los posibles avisos de notificación que llegarán a sus correos electrónicos.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA JUSTIFICACIÓN

La justificación de la subvención CORRESPONSABILIDAD 2024 se podrá presentar hasta el 31 de octubre de 2024.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

La justificación se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia

Para justificar la subvención deberá presentarse la siguiente documentación obligatoria:

1.- ANEXO II- Memoria de actuación, en el que se indique de modo expreso el importe de la subvención concedida y el importe que se justifica. La justificación de la subvención se deberá llevar a cabo por el 100% del importe subvencionado. Deberá presentarse en formato pdf, visible y firmado por el/la representante legal de la entidad.

2.- ANEXO III- Memoria económica justificativa. En la que se detallarán la relación clasificada y numerada de los gastos que se presentan a justificación así como una Certificación/Declaración responsable con indicación expresa del importe de los fondos propios así como de otras subvenciones o ayudas, si las hubiera, que hayan financiado el proyecto o actividades subvencionadas. Deberá presentarse en formato pdf, visible y firmado por el/la representante legal de la entidad.

3.- Fichero Excell que comprenda la hoja FACTURA (relación de las facturas y los justificantes de gastos que se imputan a la subvención concedida), y la hoja FINANCIACIÓN (Otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada).

4. Fichero PDF en formato visible y firmado por el representante legal, resultante de la conversión del anterior fichero Excel una vez cumplimentado.

5.- JUSTIFICANTES DE GASTO. Consistentes en facturas originales o documentos probatorios equivalentes en formato pdf y visibles, incluidos en la relación de gastos del ANEXO III y numerados de acuerdo a la misma. Los criterios de admisión de los justificantes de gastos serán los determinados en el punto 5 de la Norma VIGÉSIMA de la Convocatoria.

6.- JUSTIFICANTES DE PAGO DE LOS GASTOS PRESENTADOS realizados a los acreedores por el perceptor de la subvención. Se considera gasto efectuado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación, establecido en el 31 de octubre de 2024. La acreditación del pago deberá hacerse por alguna de las formas establecidas en el punto 6 de la Base Vigésima de la Convocatoria

7.- CERTIFICADO DEL PRECIO PÚBLICO del servicio, así como de los ingresos obtenidos por este concepto durante el desarrollo de la actividad en los plazos a los que se refiera la convocatoria o certificado negativo en caso contrario.

 8.- DECLARACIÓN RESPONSABLE del beneficiario de la subvención en la que se indique que no recupera el IVA o CERTIFICACION DE LA AEAT relativa a la exención del IVA

9.- RENUNCIA de la cantidad de subvención no justificada, en caso de no poder justificar el 100 % de la misma o de la cuantía del exceso de financiación en caso de obtención de otras subvenciones o ayudas.

10.- ANEXO V- Memoria evaluativa del proyecto. Descriptiva del proyecto y de las actividades realizadas a las que se haya aplicado la subvención, donde además conste la fecha y localidad donde se llevaron a cabo, cumplimiento del cronograma, número de participantes, desglosados por tramos de edad, nº de participantes pertenecientes a grupos preferentes atendidos durante desarrollo de la actividad, nº y cualificación de los/las profesionales contratados, así como una evaluación y grado de consecución de los objetivos planteados en el proyecto.

11.- UN EJEMPLAR DE CADA INSTRUMENTO DE DIFUSIÓN O PUBLICIDAD generado en torno al proyecto subvencionado. Deberá presentarse en formato pdf  visible y firmado por el/la representante legal de la entidad

12.- TESTIMONIO GRÁFICO de haber adoptado las medidas de difusión de la NORMA DÉCIMO SÉPTIMA D. d. Deberá presentarse en formato pdf, visible y firmado por el/la representante legal de la entidad.

 

Los formularios de los anexos se pueden descargar en formato Word y Excel en el apartado relacionado más abajo PLANTILLAS DE DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.

Los originales de los JUSTIFICANTES DE GASTO Y DE PAGO, el CERTIFICADO DEL PRECIO PÚBLICO, LA DECLARACIÓN O CERTIFICACIÓN RELATIVA AL IVA, así como en su caso la RENUNCIA, deberán adjuntarse en formato PDF a la justificación.

COSTES

Gratuito.

ÓRGANO TRAMITADOR

Área de Servicios Sociales.

ÓRGANO RESOLUTIVO

Presidente de la Diputación Provincial.

NORMATIVA DE APLICACIÓN

· Bases de Convocatoria publicadas en el B.O.P. nº 68, de 14 de junio de 2024.

https://www.dipucuenca.es/documents/34525/1471635/2.pdf/528609cc-299b-17c4-317f-46b5f771e887?t=1718345014950

Estas Bases podrán consultarse además en los Tablones de Anuncios de la Web y de la Sede Electrónica de la Diputación así como en Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/767518

Para lo no previsto en las Bases de Convocatoria se estará a lo dispuesto en:

•    Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación, modificada por acuerdos plenarios de 19 de diciembre de 2013 y de 27 de diciembre de 2023 (publicadas en el B.O.P. de 22 de enero de 2014 y de 19 de febrero de 2024).
•    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (L.G.S.).
•    Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. RD 887/2006 de 21 de julio.
•    Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación.
•    Otras disposiciones de derecho administrativo que resulten de aplicación
 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
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