Mediante este trámite se procederá a justificar las SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE GÉNERO 2024 «IGUALES SUMAMOS +» por parte de las entidades beneficiarias.
Para ello deberá seguir los pasos que a continuación se detallan.
La documentación presentada se convertirá por parte de la aplicación en un documento PDF que posteriormente será firmado digitalmente.
También es posible añadir documentos adjuntos a la solicitud.
Todos los trámites relacionados con la solicitud de esta subvención y la tramitación del correspondiente expediente administrativo se realizarán por medios electrónicos.
Las notificaciones por medios electrónicos se practicarán mediante comparecencia en esta Sede Electrónica, por lo que deberán estar atentos a los posibles avisos de notificación que llegarán a sus correos electrónicos
La justificación de las SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE GÉNERO 2024 «IGUALES SUMAMOS +» se podrá presentar hasta el 31 de octubre de 2024.
La justificación se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia.
Para justificar la subvención deberá presentarse la siguiente documentación obligatoria:
1.- ANEXO II- Memoria de actuación, en el que se indique de modo expreso el importe de la subvención concedida y el importe que se justifica. La justificación de la subvención se deberá llevar a cabo por el 100% del importe subvencionado. Deberá presentarse en formato pdf, visible y firmado por el/la representante legal de la entidad.
2.- ANEXO III- Memoria económica justificativa, en la que se detallarán la relación clasificada y numerada de los gastos que se presentan a justificación así como una Certificación/Declaración responsable con indicación expresa del importe de los fondos propios así como de otras subvenciones o ayudas, si las hubiera, que hayan financiado el proyecto o actividades subvencionadas. Deberá presentarse en formato pdf, visible y firmado por el/la representante legal de la entidad.
3.- Fichero Excell que comprenda la hoja FACTURA (relación de las facturas y los justificantes de gastos que se imputan a la subvención concedida), y la hoja FINANCIACIÓN (Otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada).
4. Fichero PDF, en formato visible y firmado por el representante legal, resultante de la conversión del anterior fichero Excel una vez cumplimentado.
5.- JUSTIFICANTES DE GASTO. Consistentes en facturas originales o documentos probatorios equivalentes en formato pdf y visibles, incluidos en la relación de gastos del ANEXO III y numerados de acuerdo a la misma. Los criterios de admisión de los justificantes de gastos serán los determinados en la Norma VIGÉSIMA de la Convocatoria.
6.- JUSTIFICANTES DE PAGO DE LOS GASTOS PRESENTADOS realizados a los acreedores por el perceptor de la subvención. Se considera gasto efectuado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación, establecido en el 31 de octubre de 2024. La acreditación del pago deberá hacerse por alguna de las formas establecidas en el punto 6 de la Base Vigésima de la Convocatoria.
7.- Un EJEMPLAR DE CADA INSTRUMENTO DE DIFUSIÓN o publicidad generado en torno al proyecto subvencionado y testimonio gráfico de haber adoptado las medidas de difusión de la NORMA DÉCIMO SÉPTIMA D. d. Deberá presentarse en formato pdf, visible y firmado por el/la representante legal de la entidad..
8.- RENUNCIA de la cantidad de subvención no justificada, en caso de no poder justificar el 100 % de la misma o de la cuantía del exceso de financiación en caso de obtención de otras subvenciones o ayudas.
Los formularios de los anexos se pueden descargar en formato Word y Excell en el apartado relacionado más abajo FORMULARIOS DE DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
Los originales de los JUSTIFICANTES DE GASTO y JUSTIFICANTES DE PAGO, así como en su caso la RENUNCIA, deberán adjuntarse en formato PDF a la justificación.
Gratuito.
Área de Servicios Sociales.
Presidente de la Diputación Provincial.
Bases de Convocatoria publicadas en el B.O.P. nº 48, de 24 de abril de 2024 https://www.dipucuenca.es/documents/34525/1425517/2.pdf/2d73429e-c421-1aef-0d6c-72ce7f0b2d36?t=1713941313812
Estas Bases podrán consultarse además en los Tablones de Anuncios de la Web y de la Sede Electrónica de la Diputación así como en Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/755999)
Para lo no previsto en las Bases de Convocatoria se estará a lo dispuesto en:
· Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación, modificada por acuerdos plenarios de 19 de diciembre de 2013 y de 27 de diciembre de 2023 (publicadas en el B.O.P. de 22 de enero de 2014 y de 19 de febrero de 2024).