Mediante este trámite se procederá a justificar las SUBVENCIONES PARA LAS ASOCIACIONES DE MAYORES 2024 por parte de las entidades beneficiarias.
Para ello deberá seguir los pasos que a continuación se detallan.
La documentación presentada se convertirá por parte de la aplicación en un documento PDF que posteriormente será firmado digitalmente.
También es posible añadir documentos adjuntos a la solicitud.
Todos los trámites relacionados con la solicitud y la tramitación del correspondiente expediente administrativo se realizarán por medios electrónicos.
Las notificaciones por medios electrónicos se practicarán mediante comparecencia en esta Sede Electrónica, por lo que deberán estar atentos a los posibles avisos de notificación que llegarán a sus correos electrónicos.
La justificación de la subvención se podrá presentar hasta el 31 de octubre de 2024.
La justificación se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia.
Para justificar la subvención deberá presentarse la siguiente documentación obligatoria:
1.- ANEXO II- Memoria de actuación, en el que se indique de modo expreso el importe de la subvención concedida y el importe que se justifica. La justificación de la subvención se deberá llevar a cabo por el 100% del importe subvencionado. En formato pdf, visible y firmado por el representante legal.
2.- ANEXO III- Memoria económica justificativa. En la que se detallarán la relación clasificada y numerada de los gastos que se presentan a justificación así como una Certificación/Declaración responsable con indicación expresa del importe de los fondos propios así como de otras subvenciones o ayudas, si las hubiera, que hayan financiado el proyecto o actividades subvencionadas. En formato pdf, visible y firmado por el representante legal.
3.- JUSTIFICANTES DE GASTO. Consistentes en facturas o documentos probatorios equivalentes incluidos en la relación de gastos y numerados de acuerdo a la misma. En formato pdf y visibles.
Los criterios de admisión de los justificantes de gastos serán los siguientes serán los determinados en el punto 5 de la Base Vigésima de la Convocatoria.
4.- JUSTIFICANTES DE PAGO realizado a los acreedores por el perceptor de la subvención. Se considera gasto efectuado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación, establecido en el 31 de octubre de 2024. La acreditación del pago deberá hacerse por alguna de las formas establecidas en el punto 5 de la Base Vigésima de la Convocatoria.
5.- Un ejemplar de cada instrumento de difusión o publicidad generado en torno al proyecto subvencionado y testimonio gráfico de haber adoptado las medidas de difusión de la NORMA DÉCIMO SÉPTIMA D. d y en su caso de haber instalado el cartel al que se refiere la NORMA DÉCIMO SÉPTIMA 17.D. f. de la Convocatoria. En formato pdf, visible y firmado por el representante legal.
6.- RENUNCIA de la cantidad de subvención no justificada, en caso de no poder justificar el 100 % de la misma o de la cuantía del exceso de financiación en caso de obtención de otras subvenciones o ayudas.
Los formularios de los anexos se pueden descargar en formato Word en el apartado relacionado más abajo FORMULARIOS DE DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
Los originales de los JUSTIFICANTES DE GASTO y JUSTIFICANTES DE PAGO, así como en su caso la RENUNCIA, deberán adjuntarse en formato PDF a la justificación.
Gratuito.
Área de Servicios Sociales.
Presidente de la Diputación Provincial.
https://www.dipucuenca.es/documents/34525/1420135/2.pdf/f155a1c9-8dfd-8bfd-ec33-8007ab375fe5?t=1712902811629
Para lo no previsto en las Bases de Convocatoria se estará a lo dispuesto en: