Espere, por favor...
Espere, por favor...
Sede Electrónica DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA
Sede Electrónica
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA

Subvención a Aytos y EATIM para Puntos Información Turística 2024 (Justificación)

Escudo de DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA
Sede Electrónica > Subvención a Aytos y EATIM para Puntos Información Turística 2024 (Justificación)

Subvención a Aytos y EATIM para Puntos Información Turística 2024 (Justificación)

Hasta el día 15/10/2024

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Subvención en régimen de concurrencia competitiva destinada a los Ayuntamientos y Entidades de Ámbito Inferior al Municipio para prestación del servicio de información en los Puntos de Información Turística y Centros de Interpretación (ejercicio 2024).

REQUISITOS

La entidad beneficiaria debe prestar servicio de atención al público un mínimo de dos meses, en horario de mañana y tarde, preferentemente en período estival, Semana Santa y puentes. El órgano instructor, por motivos justificados, podrá admitir otros regímenes de apertura del punto de información siempre que  quede acreditado en el expediente la prestación adecuada del servicio subvencionado.

Son elegibles los gastos de  personal para la prestación del servicio de información turística, que se hayan producido entre el 16 de octubre de 2023 y el 15 de octubre de 2024.

Igualmente son subvencionables los gastos en edición de folletos, mapas y material de promoción del destino turístico, así como material fungible y de oficina, que se hayan producido durante en este periodo.
El plazo de presentación de la cuenta justificativa finaliza el día 15 de octubre de 2024.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

En la fase final de la Justificación, deberá aportar:

  1. Formulario electrónico de justificación (Anexo II-III). Se rellenará on-line
  2. Fichero Excel que comprende la hoja Factura (relación de las facturas y los justificantes de gastos que se imputan a la subvención concedida), y la hoja Financiación (Otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada). Dicho fichero podrá descargarse desde el trámite correspondiente de la sede electrónica.
  3. Fichero PDF resultante de la conversión del anterior fichero Excel una vez cumplimentado.
  4. Facturas u otros documentos de valor probatorio del gasto subvencionable, equivalente en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa, detalladas en el fichero Excel, y que se adjuntarán en el orden detallado en el mismo. Se recomienda numerarlas o renombrarlas para facilitar su identificación. Los conceptos de las facturas deberán venir desglosados a fin de poder asociarlos a la actividad competitiva según la memoria presentada y dentro del periodo de ejecución. Junto con cada Factura se acompañará el documento del pago realizado (Justificante bancario). 
    Cuando el gasto elegible consista en la contratación directa por la entidad beneficiaria de personal que presta el servicio de información turística, la cuenta justificativa debe incluir las nóminas de los trabajadores afectados al servicio, acompañados del recibió de liquidación de cotizaciones (RLC) y de la relación nominal de trabajadores (RNT).
  5. Memoria de actuaciones realizadas en el punto de información turística durante el periodo elegible.
  6. Certificados emitido por la Secretaría de la entidad beneficiaria que acrediten:
        - Que los gastos efectuados se han aplicado al cumplimiento de la acción subvencionada.
        - Que los trabajos  realizados y el personal contratado han sido aplicados a la prestación del servicio de información turística.
        - Periodo de funcionamiento del punto de información turística con indicación del horario de apertura.
  7. Certificados de estar al corriente de obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
  8. En caso de modificación, alteración de datos o cambios de cuenta bancaria, deberá presentar la Ficha de Terceros siguiendo este Trámite.

Se facilitan para este trámite como auto-rellenables el Anexo II, el Anexo III y la Ficha de Terceros, El resto de documentación se adjuntará a la solicitud en los formatos aceptados.

NORMATIVA DE APLICACIÓN

  • Bases de Convocatoria publicadas en el B.O.P. nº 62 de 29 de mayo de 2024.
  • Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación, modificada por acuerdo plenario de 19 de diciembre de 2013 y publicada en el B.O.P. de 22 de enero de 2014.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (L.G.S.).
  • Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. RD 887/2006 de 21 de julio.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial de Cuenca.
  • Otras disposiciones de derecho administrativo que resulten de aplicación.

Órgano Tramitador

Turismo

Órgano Resolutor

Presidencia

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
Precarga de imagen Precarga de imagen