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Subvención para el mantenimiento de los AEDL (Justificación)

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Subvención para el mantenimiento de los AEDL (Justificación)

Hasta el día 31/10/2024

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

El 2 de mayo de 2024, el Presidente de la Diputación de Cuenca aprobó mediante Decreto nº 2023, la Convocatoria Pública de Concesión de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el mantenimiento de Agentes de Empleo y Desarrollo Local, durante el año 2024.

El objeto de estas ayudas es atender los gastos de las nóminas de los AEDL en que incurran durante parte del año 2024. 

REQUISITOS

Se considerarán subvencionables los conceptos de gastos de personal de los AEDL correspondientes al período comprendido desde el día 1 de enero al 30 de septiembre de 2024 y contemplados en el artículo 6 de las Bases.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

En la fase de la justificación, deberá aportar:

  1. Formulario electrónico de Justificación (Anexo II-III). En el anexo III se incluirá una relación de todos los gastos correspondientes a la actividad subvencionada.  Se rellenará on line.
  2. Fichero Excel que comprende la hoja Facturas (relación de las facturas y los justificantes de los gastos que se imputan a la subvención concedida), y la hoja Financiación (otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada). Dicho fichero podrá descargarse desde este trámite.
  3. Ficheros PDF resultantes de la conversión, una vez cumplimentadas, de las dos hojas del mencionado fichero Excel a formato PDF.
  4. Documentos acreditativos de la realización del gasto subvencionable (nóminas del Técnico contratado/a, tc1 y tc2 o sus equivalentes RLC y RNT respectivamente). En todo caso, cada justificante de gasto debe ir acompañado del respectivo recibo acreditativo de pago.
  5. Memoria detallada de las actuaciones realizadas por la Agencia de Empleo y Desarrollo Local hasta la fecha en que se presenta la justificación, incluyendo previsión del resto de intervenciones hasta la finalización del ejercicio.
  6. Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en relación con la Ley General de Subvenciones.
  7. Certificación positiva, expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social en relación con la Ley General de Subvenciones.
  8. Certificado expedido por el Secretario de la entidad beneficiaria que indique:
    a) Que los gastos efectuados han sido destinados a la finalidad para la que se realiza la aportación.
    b) Si la actividad subvencionada ha sido o no objeto de otras ayudas públicas o privadas destinadas a la misma finalidad, y que en su caso, junto con la concedida por la Diputación, no supera el coste de la acción objeto de esta convocatoria.
    c) Número de años completos que la Agencia de Empleo y Desarrollo Local lleva en funcionamiento.
    d) Número de meses que durante el ejercicio anterior la Agencia de Empleo y Desarrollo Local ha estado en funcionamiento con personal técnico contratado.
  9. Testimonio gráfico, mediante foto o captura de pantalla, de haber incluido, tanto el logotipo oficial, como la colaboración de la Diputación Provincial y la imagen corporativa correspondiente.
  10. Sólo si nunca ha presentado la Ficha de Terceros o en caso de modificación, alteración de datos o cambios de cuenta bancaria, deberá presentar la Ficha de Terceros siguiendo este Trámite.

NORMATIVA DE APLICACIÓN

Estas Bases podrán consultarse además en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

  • Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación, modificada por acuerdo plenario de 19 de diciembre de 2013 y publicada en el B.O.P. de 22 de enero de 2014.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (L.G.S.).
  • Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. RD 887/2006 de 21 de julio.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial de Cuenca.
  • Otras disposiciones de derecho administrativo que resulten de aplicación.

Órgano Tramitador

Programas Europeos y Desarrollo Local.

Órgano Resolutor

Presidencia.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
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