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Convocatoria de Subvenciones destinadas a ayuntamientos y entidades locales para la organización de congresos en el año 2024

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Convocatoria de Subvenciones destinadas a ayuntamientos y entidades locales para la organización de congresos en el año 2024

Desde el día 29/06/2024 hasta el día 26/07/2024

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

El objeto de la presente convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de subvenciones que otorgue la Diputación de Cuenca, a través del Área de Cultura en el año 2024, con el fin de financiar a los distintos ayuntamientos y entidades locales de la provincia de Cuenca para la organización de congresos.

Objetivos:

1.   Fomentar la generación y difusión del conocimiento en áreas relevantes para la provincia de Cuenca.

2.   Estimular la participación activa de la comunidad local en eventos científicos y culturales.

3.   Contribuir al fortalecimiento de redes y colaboraciones entre profesionales, investigadores y estudiantes en el ámbito provincial.

De este modo se contribuye al cumplimiento de los objetivos  de “Promoción y difusión de la cultura y el turismo en todos sus ámbitos” y “Apoyar a las entidades locales de la provincia de Cuenca en la promoción de la cultura, especialmente a aquellas con menor capacidad económica y menores recursos técnicos” recogidos en el punto 5 d) del Plan Estratégico de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca 2024-2026.          

También es posible añadir documentos adjuntos a la solicitud.

La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia

REQUISITOS

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los ayuntamientos y entidades locales, previstas en el Artículo 3.2 de la ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, ubicadas en el ámbito territorial de la Provincia de Cuenca, siempre que no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante, LGS.

Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • No haber recibido de la Diputación de Cuenca alguna subvención o ayuda para los mismos o similares fines durante el vigente ejercicio presupuestario.
  • No tener pendiente de justificación subvenciones concedidas por la Diputación de Cuenca una vez expirado el plazo de justificación.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, reintegro de subvenciones y con la Seguridad Social, y no estar incursas en ninguna otra de las circunstancias que recoge el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 16 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la LGS, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos (Artículo 30.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Documentación a presentar

  1. La solicitud se formalizará cumplimentando el Anexo I.
  2. La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
    1. Proyecto detallado del programa o actividad a realizar, donde se incluya las fechas de  realización, contenido de la/s actividad/es  y presupuesto estimado de gastos e ingresos. 
    2. Certificación/ declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, reintegro de subvenciones y con la Seguridad Social.

     La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan.

COSTES

Gratuito.

ÓRGANO TRAMITADOR

Servicio de Cultura.

ÓRGANO RESOLUTOR

Presidente de la Diputación Provincial o diputado en quien delegue. 

NORMATIVA DE APLICACIÓN                                                                   

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/771103)

Bases Generales de la Convocatoria

https://www.dipucuenca.es/documents/34525/1486819/2.pdf/7bc39bd1-f738-8686-af9a-2cedaea51e01?t=1719554868878

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
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