La presente convocatoria de subvenciones tiene por objeto contribuir a la financiación de la actividad competitiva y la preparación técnica de los deportistas destacados de la Provincia, que cumplan los requisitos de beneficiario del punto 7, durante la temporada 2023/2024.
La Excma. Diputación Provincial consciente de las dificultades que existen para progresar a partir de ciertos niveles deportivos, y atendiendo a la inquietud de no dejar que ningún talento deportivo por su nivel económico deje de progresar, convoca estas subvenciones como cada año, con el objetivo de que nuestros jóvenes deportistas destacados avancen en sus metas llegando lo más lejos posible.
El objetivo de esta convocatoria es la mejora de las capacidades técnicas y físicas de los deportistas que demuestren de forma manifiesta su talento deportivo y una trayectoria federativa ascendente. Se consideran deportistas con talento los que estén participando en competiciones oficiales y en su categoría estén en lugares de honor en la clasificación oficial de la Federación Española o de la Federación Territorial Castellano-Manchega correspondiente en la temporada anterior.
La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones todos los solicitantes que no estén afectados por ninguna de las prohibiciones contenidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, y que cumplan los siguientes requisitos:
En deportes y modalidades individuales en lo que existe ránking regional oficial por marcas, como atletismo y natación, podrá acreditarse estar entre los tres primeros del ránking regional de la categoría y disciplina (no se tendrá en cuenta el ránking por año de nacimiento).
Para Gimnasia Rítmica, solo se tendrán en cuenta los resultados conseguidos en categoría Absoluta y Nacional Base.
Será necesaria una participación mínima de 5 deportistas o parejas para el resultado por el que se solicita la subvención.
En deportes y modalidades individuales en los que existe ránking nacional oficial por marcas, como atletismo y natación, podrá acreditarse estar entre los diez primeros del ránking nacional de la categoría y disciplina.
En deportes colectivos (de equipo), deberá acreditarse la convocatoria por la selección española para un encuentro oficial entre selecciones al menos una vez en el año 2023.
Los deportistas con discapacidad nacidos entre los años 2002 y 1989 inclusive, deberán acreditar haber quedado entre los tres primeros clasificados en un Campeonato de España federado (no se tendrá en cuenta los resultados obtenidos en Campeonatos de España por Comunidades Autónomas, excepto en deportes en los que solo existe dicho campeonato, Universitarios, y Campeonatos de España Máster y por Grupos de Edad).
En Campeonatos de España sin sistema de clasificación previo y en los que no se exija marca mínima para poder participar, será necesaria una participación mínima de 10 deportistas o parejas para el resultado por el que se solicita la subvención, excepto para el punto de referencia de los deportes colectivos, y de los deportistas paralímpicos.
5. Asimismo no deberán tener pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por la Diputación de Cuenca o sus organismos públicos. Todo ello con independencia de que el requerimiento del artículo 70.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones –en adelante, RGS- se hubiera realizado no.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a aquel en que se publique un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
Los solicitantes presentarán una única solicitud, conforme al modelo recogido en el Anexo I de la ORGS, donde incluirán la información de todos los programas o actividades incluidos en el periodo de ejecución.
Igualmente se podrá presentar en soporte papel para su digitalización en el Registro General que la Excma. Diputación Provincial de Cuenca tiene habilitado.
Se adjuntarán lo siguientes documentos, de carácter obligatorio, que se indican a continuación:
La no presentación de los referidos documentos implicará la exclusión automática de la Convocatoria.
*En el supuesto de que el solicitante pretenda modificar el código de cuenta corriente en el que desea que se le realicen, en su caso, los futuros pagos o tratarse de terceros que se relacionan por primera vez con esta Administración, se deberá cumplimentar y presentar el modelo de ficha de terceros disponible en el trámite “Ficha de Terceros” de la sede electrónica de la Excma. Diputación de Cuenca, https://sede.dipucuenca.es.
Gratuito.
Servicio de Deportes.
Presidente de la Diputación Provincial o persona en quien delegue
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/770355)
Bases Generales de la Convocatoria
https://www.dipucuenca.es/documents/34525/1485217/1.pdf/e25bdd38-c2cf-4590-19fa-662f243ee871?t=1719384022785