De conformidad con las competencia atribuida a esta Diputación Provincial regulada en el artículo 36.1 d) de la Ley 7/1985, de 3 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, el objeto de la presente convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de subvenciones que otorgue la Diputación de Cuenca, a través del Área de Cultura durante el año 2024, con el fin de financiar la actividad referida a la producción de audiovisuales para la promoción del patrimonio cultural de los ayuntamientos y entidades locales de la provincia de Cuenca, entendiéndose que deberá tratarse de una obra audiovisual cuyo tema esté relacionado con la cultura conquense, la historia o el patrimonio cultural de Cuenca y municipios de la provincia, cuya duración sea un mínimo de 4 minutos y máximo de 15 minutos.
Dentro de las actividades anteriormente citadas, serán subvencionables el conjunto de operaciones necesarias durante la preproducción, producción, promoción y distribución del audiovisual objeto de la subvención, con arreglo a los siguientes conceptos:
a) Se entiende por producción, el conjunto de actividades que comprenden desde el inicio del rodaje principal hasta la realización de la copia máster del audiovisual.
b) Se entiende por distribución y promoción del audiovisual el conjunto de actividades realizadas para publicitar y promocionar la obra así como el tiraje de copias, siempre que estén destinados al estreno del audiovisual.
Se entiende por un video promocional de cultura: una pieza audiovisual creada con el objetivo de destacar y promover aspectos culturales específicos de la provincia de cuenca a través de:
- Mostrar atractivos culturales, históricos y patrimoniales
- Educar y concienciar la importancia de la preservación cultural y la diversidad.
- Reforzar el sentido de pertenencia y orgullo cultural entre los miembros de una comunidad.
No se admitirán las reediciones.
La finalidad principal es ayudar a los ayuntamientos de la provincia a la promoción de la cultura, la historia o el patrimonio cultural de cada municipio de la provincia contribuyendo al cumplimiento del objetivo de “Promoción y difusión de la cultura y el turismo en todos sus ámbitos” recogido en el punto 5 d) del Plan Estratégico de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca 2024-2026.
Se deberá rellenar una solicitud a través de un formulario web que posteriormente será firmado digitalmente (no es necesario firmar los documentos previamente).
También es posible añadir documentos adjuntos a la solicitud.
La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los ayuntamientos y entidades locales de la provincia de Cuenca, siempre que no estén afectados por ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante, LGS. Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Cumplir los requisitos generales que establece la presente Convocatoria.
b) No haber recibido de la Diputación de Cuenca alguna subvención o ayuda para los mismos o similares fines durante el vigente ejercicio presupuestario.
c) No tener pendiente de justificación subvenciones concedidas por la Diputación de Cuenca una vez expirado el plazo de justificación.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, reintegro de subvenciones y con la Seguridad Social, y no estar incursas en ninguna otra de las circunstancias que recoge el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 16 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
e) No haber sido sancionados o condenados por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme.
En los supuestos de subcontratación se deben de cumplir los límites del artículo 29 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente a aquel en que se publique un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
Se debe presentar la solicitud adjuntando los siguientes documentos:
Gratuito.
Servicio de Cultura.
Presidente de la Diputación Provincial.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
Bases Generales de la Convocatoria
https://www.dipucuenca.es/documents/34525/1480831/4.pdf/ad620c12-276d-9332-3bee-bdd1510f050d?t=1718776078371