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Convocatoria Talia 2024

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Convocatoria Talia 2024

Desde el día 15/06/2024 hasta el día 12/07/2024

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

El objeto de la presente convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de subvenciones que otorgue la Diputación de Cuenca a los ayuntamientos, entidades locales y pedanías de la provincia, a través del Área de Cultura durante el año 2024, destinadas a financiar las actuaciones musicales y/o escénicas correspondientes:

Modalidad 1: Artistas o grupos incluidos en el programa TALIA 2023, 

Modalidad 2: Bandas de Música

La finalidad de la convocatoria es:

1.- Ofrecer a los Ayuntamientos, entidades locales y pedanías de la provincia la posibilidad de disponer para su programación de una serie de grupos y artistas conquenses, poniendo al alcance de los ciudadanos de la provincia una oferta de espectáculos amplia, estable, diversa.

2.- Promover la labor creadora de todos los grupos autóctonos de nuestra provincia en los campos de la música, el teatro y la danza.

Condiciones:

1.- Se subvencionan como máximo dos actuaciones para cada ayuntamiento y una por cada pedanía. (Se enviará una solicitud individualizada por cada pedanía). 

2.- En ningún caso podrá solicitarse la actuación de un grupo o ejecutante de la propia localidad. 

3.- En caso de solicitar dos actuaciones, sólo una de ellas podrá ser de la modalidad 2: bandas de música

El Área de Cultura pondrá a disposición de las entidades beneficiarias y de aquellas asociaciones y colectivos culturales interesados, un servicio de información, asesoría e intermediación con todos aquellos ejecutantes y grupos inscritos en el Programa Talía’2024, facilitando los contactos entre ellos y los solicitantes interesados en contratar sus actuaciones.

La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia

REQUISITOS

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones los municipios, entidades locales y pedanías, previstas en el Artículo 3.2 de la ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, ubicadas en el ámbito territorial de la Provincia de Cuenca, siempre que no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones.

Las entidades solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) No haber recibido de la Diputación de Cuenca alguna subvención o ayuda para los mismos o similares fines durante el vigente ejercicio presupuestario.

b) No tener pendiente de justificación subvenciones concedidas por la Diputación de Cuenca una vez expirado el plazo de justificación.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, reintegro de subvenciones y con la Seguridad Social, y no estar incursas en ninguna otra de las circunstancias que recoge el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 16 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

La solicitud conlleva la autorización para que el órgano instructor pueda obtener la información de consulta y verificación de los datos de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y con la Seguridad Social. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las correspondientes certificaciones en el plazo de diez hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la propuesta de resolución.

Para las entidades que no figuren inscritas en el sistema de la Seguridad Social ni tengan asignado código de cotización, por no tener trabajadores a su cargo, la acreditación se efectuará mediante una declaración responsable en la que deberá figurar expresamente que la entidad "no figura inscrita como empresario/a en el sistema de la Seguridad Social, ni tiene asignado código de cotización, al no tener trabajadores/as a su cargo”.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente a aquel en que se publique un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

Documentación a presentar

Se debe presentar la solicitud conforme al modelo recogido en el Anexo I.

La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan.

GRUPOS TALIA 2024

GRUPOS TALIA 2024

COSTES

Gratuito.

ÓRGANO TRAMITADOR

Servicio de Cultura.

ÓRGANO RESOLUTOR

Presidente de la Diputación Provincial

NORMATIVA DE APLICACIÓN                                                                   

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/767483)

Bases Generales de la Convocatoria

https://www.dipucuenca.es/documents/34525/1471635/1.pdf/a0b85292-c7ea-c8ef-fb83-9f7214ee5325?t=1718345014725

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
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