La presente convocatoria de subvenciones tiene por objeto apoyar y fomentar los programas que vienen realizando las Universidades Populares y/o Escuelas de Música constituidas por los ayuntamientos o entidades locales de la provincia de Cuenca.
Dicha presentación se basa en rellenar una solicitud a través de un formulario web, dicha solicitud se convertirá por parte de la aplicación en un formulario PDF que posteriormente será firmado digitalmente (no es necesario firmar los documentos previamente).
También es posible añadir documentos adjuntos a la solicitud.
La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Universidades Populares y/o Escuelas de Música legalmente constituidas y dependientes de los distintos ayuntamientos y entidades locales, previstas en el artículo 3.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, ubicadas en el ámbito territorial de la provincia de Cuenca, con una población inferior a 20.000 habitantes, siempre que no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante, LGS.
Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) No haber recibido de la Diputación de Cuenca alguna subvención o ayuda para los mismos o similares fines durante el vigente ejercicio presupuestario.
b) No tener pendiente de justificación subvenciones concedidas por la Diputación de Cuenca una vez expirado el plazo de justificación.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, reintegro de subvenciones y con la Seguridad Social, y no estar incursas en ninguna otra de las circunstancias que recoge el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 16 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente a aquel en que se publique un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
Se debe presentar la solicitud adjuntando los siguientes documentos que se indican a continuación:
La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan.
Gratuito.
Servicio de Cultura.
Presidente de la Diputación Provincial.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
Bases Generales de la Convocatoria
https://www.dipucuenca.es/documents/34525/1461419/1.pdf/75bce0a3-fd5b-2ffc-55fa-f2a42f0af8f3?t=1717672634117