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Ayudas al Mantenimiento de la Estructura Comercial Básica en pequeños Municipios 2024

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Ayudas al Mantenimiento de la Estructura Comercial Básica en pequeños Municipios 2024

Desde el día 11/05/2024 hasta el día 11/06/2024

OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

El objeto de esta Convocatoria es favorecer el mantenimiento del pequeño comercio en los municipios más despoblados de la provincia de Cuenca, proporcionando una ayuda económica a quienes, mediante el autoempleo en determinadas actividades comerciales, contribuyen a dotar a estos núcleos de bienes esenciales de consumo o de un lugar de reunión para los vecinos, y constituyen por ello un instrumento útil para fijar población en el territorio.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

  • Subvención tramitada en régimen de concurrencia competitiva.
  • Gastos subvencionables: los de Seguridad Social derivados del ejercicio de actividad de bar o tienda en municipios de escasa población de la provincia.
  • Abierta a los profesionales autónomos que ejerzan en municipios de la provincia de Cuenca con menos de 250 habitantes, actividades de comercio minorista (bares, tiendas y farmacias) con una antigüedad de, al menos, seis meses contados desde la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Presupuesto total de la convocatoria: 300.000 €.
  • Ayuda máxima por beneficiario: como máximo una cantidad equivalente a la cuota mínima anual establecida dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

REQUISITOS

Ejercer como profesional autónomo, actividades de comercio minorista en municipios de la provincia de Cuenca con menos de 250 habitantes, desde al menos 6 meses anteriores a la publicación de la convocatoria.

Epígrafes subvencionables:

a) 644.1 - Comercio menor pan, pasteles, confitería y lácteos.
 b) 644.2 - Despacho de pan, pan especial y bollería.
 c) 647.1 - Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos con  vendedor.
 d) 647.2 / 647.3 / 647.4 - Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en régimen  de auto-servicio o mixto.
 e) 652.1. Farmacias: comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal.(CNAE 4773-Farmacias: comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal).
 f) 662.2 - Comercio al por menor de toda clase de artículos, incluyendo alimentación y bebidas, en establecimientos  distintos de los especificados en el grupo 661 y en el epígrafe 662.1.
 g) 672.1 / 672.2 / 672.3 - Cafeterías de una, dos o tres tazas.
 h) 673.2 - Otros cafés y bares.
 i) 674.5 - Café bar, sociedades, casinos, clubes.

Requisitos de las actividades subvencionables:

a) Desarrollar la actividad comercial, con despacho abierto al público al menos 8 horas diarias, en horario comercial de mañana y tarde, entre las 10 y 22 horas, durante cinco días a la semana. Excepcionalmente se podrá conceder la ayuda bajo otros regímenes de apertura, siempre que exista causa justificada y previo informe favorable de los servicios técnicos de la Diputación.

b) Al menos una de las actividades previstas en la base sexta se ha de ejercer en el municipio del solicitante por él mismo, o por un familiar de primer grado, con más de seis meses de antigüedad respecto de la publicación de la presente convocatoria.

c) No tener deuda pendiente de pago con las Administraciones Públicas. A los efectos de esta convocatoria, se entiende que no tienen deuda pendiente quienes hayan obtenido acuerdo de aplazamiento o de fraccionamiento de pago.

d) Estar debidamente autorizados por el Ayuntamiento del municipio para el ejercicio de la actividad subvencionable.

e) La actividad subvencionable ha de ejercerse en núcleos de población de la provincia de Cuenca con población inferior a 250 habitantes.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Deberá aportar los siguientes documentos:

  • Anexo I (solicitud de la ayuda).
  • Solo en el caso en que el interesado sea representado por un tercero y dicha representación no conste acreditada de otro modo, Otorgamiento de Poder de Representación.
  • Certificado Censal de alta en Actividades Económicas, emitido por la AEAT.
  • Informe de datos de cotización, emitido por la TGSS, en el que aparezcan las fechas de alta y las bases de cotización.
  • Licencia de actividad en vigor o solicitud de petición de licencia de actividad al Ayuntamiento.
  • Fotocopia del DNI (solo en caso de solicitar por primera vez la ayuda).
  • Sólo si nunca ha presentado la Ficha de Terceros o en caso de modificación, alteración de datos o cambios de cuenta bancaria, deberá presentar la Ficha de Terceros siguiendo este Trámite.

En el caso de que la actividad subvencionable se ejerza a través de Comunidad de Bienes se deben observar además las siguientes reglas para presentar la solicitud:

  • El Anexo I (solicitud de la ayuda) debe ir a nombre de la Comunidad de Bienes titular de la actividad subvencionable.
  • Documento acreditativo de la representación otorgada a uno de los miembros de la entidad, con poderes bastantes para realizar los actos relativos a este procedimiento.
  • Anexo IV relativo al reparto de los compromisos entre los miembros de la Comunidad (cuando la actividad subvencionable la realiza una Comunidad de Bienes, es ésta quien debe presentar la solicitud  y además debe acompañarla de este anexo de compromisos de ejecución).
  • Ficha de Terceros de cada uno de los comuneros en cuyas cuentas bancarias se realizará el ingreso de la ayuda concedida. Deberá presentarla siguiendo este Trámite.

NORMATIVA DE APLICACIÓN

Estas Bases podrán consultarse además en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cuenca así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

  • Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación, modificada por acuerdo plenario de 19 de diciembre de 2013 y publicada en el B.O.P. de 22 de enero de 2014  y por el  acuerdo de Pleno de la Diputación de fecha 27 de diciembre de 2023 publicada en Boletín de la Provincia de Cuenca de 14 de febrero de 2024.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (L.G.S.).
  • Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. RD 887/2006 de 21 de julio.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial de Cuenca.
  • Otras disposiciones de derecho administrativo que resulten de aplicación.

Órgano Tramitador

Empresas.

Órgano Resolutor

Presidente de la Diputación Provincial o Diputado/a en quien delegue.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
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