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Solicitud en Residencia Sagrado Corazón de Jesús

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Solicitud en Residencia Sagrado Corazón de Jesús

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Conforme al Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Interno de la Residencia “Sagrado Corazón de Jesús” de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca nº 151, de 31 de diciembre de 2025, y en particular en su Capítulo V: Régimen de admisiones y bajas, se establecen los siguientes tipos de estancias en la residencia:

  • Estancias definitivas
  • Estancias temporales con duración limitada
  • Estancias temporales reservadas para mujeres mayores víctimas de violencia de género
  • Estancia por cónyuge o pareja de hecho
  • Estancias por reagrupación familiar para familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Requisitos de admisión para plazas de carácter definitivo

Podrán acceder a las plazas definitivas disponibles de la Residencia “Sagrado Corazón de Jesús”, adquiriendo la condición de personas usuarias, quienes cumplan los siguientes requisitos:

  1. Tener 60 o más años.
  2. Tener reconocido el grado de dependencia exigido para cada tipo de estancia.
  3. No encontrarse en situación o circunstancia personal que impida o dificulte gravemente la atención adecuada o la convivencia en el centro.
  4. No necesitar atención médica continuada en centro hospitalario ni precisar atención sanitaria permanente que no pueda prestarse en el centro.
  5. No padecer enfermedad infecto-contagiosa que suponga un riesgo grave para el resto de personas usuarias.
  6. Estar empadronada y residir habitualmente en la provincia de Cuenca, debiendo acreditarse residencia previa en esta provincia durante los dos últimos años, salvo en el caso de emigrantes retornados.

Procedimiento de acceso

El procedimiento de solicitud será el siguiente:

  • Presentación de la solicitud correspondiente, indicando el tipo de estancia solicitada.
  • Las solicitudes serán atendidas por orden de presentación en el Registro o en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cuenca, siempre que cumplan los requisitos reglamentarios.
  • A la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:
    • Valoración de dependencia
    • Certificado de empadronamiento
    • Copia del DNI
    • En caso de estancia por cónyuge: libro de familia o documento acreditativo de matrimonio/pareja de hecho
    • En caso de reagrupación familiar: documento acreditativo del parentesco
  • Semanalmente, el equipo de valoración de la residencia (Dirección, Jefatura del Área Sanitaria y Trabajo Social) procederá a valorar las solicitudes presentadas.
  • Las solicitudes que no obtengan plaza pasarán a integrar la lista de espera, ordenada por fecha de presentación en registro.

Grado de dependencia exigido según tipo de estancia

  • Estancias definitivas: Grado III o II.
  • Estancias temporales con duración limitada: No precisan valoración de dependencia.
  • Estancias temporales para mujeres mayores víctimas de violencia de género: No precisan valoración de dependencia.
  • Estancia por cónyuge o pareja de hecho: No precisa valoración de dependencia.
  • Estancias por reagrupación familiar: Requieren, al menos, Grado I de dependencia.

Solicitudes de estancias temporales para mujeres mayores víctimas de violencia de género

Estas plazas deberán solicitarse a través de:

  • Servicios Sociales Comunitarios, o
  • Centros de la Mujer de la provincia de Cuenca.

La duración máxima de estas estancias será de 120 días.

La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia

modos de presentación

Podrá solicitarse a través de la sede electrónica mediante firma digital, o bien presencialmente en el registro de la diputación o cualquier otro registro acreditado.

Documentación a presentar

En cualquier caso, tanto por la sede como presencialmente, deberá anexar a su solicitud aquellos documentos que se correspondan con su caso y que aparecen indicados en la propia solicitud.

COSTES

Gratuito.

ÓRGANO TRAMITADOR

Servicios Sociales. 

ÓRGANO RESOLUTOR

Presidente de la Diputación Provincial o persona en quien delegue

NORMATIVA DE APLICACIÓN                                                                   

  • Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
  • Decreto 2/2022, de 18 de enero, por el que se establecen las condiciones básicas de los centros de servicios sociales de atención especializada, destinados a las personas mayores en Castilla-La Mancha.
  • Instrucción 1/2022, de 19 de enero, de la Fiscalía General del Estado, sobre el uso de medios de contención mecánicos o farmacológicos en unidades psiquiátricas o de salud mental y centros residenciales y/o sociosanitarios de personas mayores y/o con discapacidad.
  • Resolución de 28 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Así como las demás disposiciones vigentes que le sean de aplicación en cada momento.

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
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