Mejorar la calidad de vida de las personas en situación de dependencia y/o personas en situación de vulnerabilidad nutricional que viven en sus domicilios y requieren apoyos para la elaboración y preparación de la comida.
OBJETIVOS GENERALES
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Podrán ser beneficiarias del Servicio de Comida a Domicilio aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:
Estar empadronado/a en los municipios de la provincia de Cuenca menores de 1.000 habitantes según los datos más actualizados del INE a 1 de enero o aquellos municipios que excepcionalmente hayan sido incluidos en el Programa por la Comisión de Valoración de Casos en base a los criterios de inclusión recogidos en el artículo 4 del presente reglamento y que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
Excepcionalmente podrán ser beneficiarios aquellos/as que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
La prestación del Servicio será siempre temporal, no indefinida y estará sujeta por tanto a los criterios de evaluación de la Diputación Provincial de Cuenca. No podrán acceder al servicio aquellas personas que ya disfruten en sus municipios de un servicio de naturaleza análoga.
La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia.
La documentación a aportar será la siguiente:
1. Instancia de solicitud, debidamente firmado por el/la solicitante
2. Cuando la dieta no sea Basal.
Informe médico donde conste tipo de dieta. Debiendo constar las siguientes nomenclaturas para cada una de las dietas:
a. Laxante rica en fibra
b. Astringente pobre en fibra
c. Diabetes
d. Hipocalórica baja
e. Hiperlipemica Alta
f. Hepatobiliar
g. Baja en potasio
h. Otras…
3. Fotocopia del D.N.I.
4. Justificantes de la cuantía de las pensiones o ingresos que perciba mensualmente el solicitante y de las personas de la unidad familiar dependientes económicamente de este.
5. Certificado saldos bancarios del solicitante y de las personas de la unidad familiar dependientes económicamente de este.
6. Certificado de empadronamiento.
7. Orden de domiciliación de adeudo directo (SEPA)
8. En caso de las excepcionalidades, recogidas en el artículo 4 de la presente ordenanza la solicitud deberá acompañarse Informe Social. Donde conste, al menos, la valoración y propuesta de acceso por parte del Trabajador/a Social de atención primaria.
9. Cuando se tramite la solicitud de más de un miembro de la unidad familiar, sólo se adjuntará una copia de los datos económicos y que afecta a todos los/las solicitantes.
10. La Comisión de Valoración se reserva el derecho a solicitar cualquier información, tanto al Trabajador/a Social como al interesado/a, que estime oportuna. La no remisión de lo requerido conllevará la aplicación del artículo 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los documentos presentados deberán ir en formato PDF y firmados por el representante legal.
Área de Servicios Sociales.
Presidente de la Diputación Provincial o Diputado en quien delegue.
Tanto la Ordenanza reguladora del precio público como el Reglamento regulador del servicio de Comida a Domicilio pueden consultase en:
https://www.dipucuenca.es/comida-a-domicilio
https://www.dipucuenca.es/documents/34525/1224339/2.pdf/d483aaa6-4d94-a5e7-7352-5309668bf3bc?t=1680678616556
https://www.dipucuenca.es/documents/34525/1277220/1.pdf/db41e2b8-cd74-294c-efe4-5236cc65eba1?t=1685688585507