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Solicitud convocatoria de ayudas a AMPAS

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Solicitud convocatoria de ayudas a AMPAS

Desde el día 14/03/2023 hasta el día 12/04/2023

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

El objeto de la presente convocatoria es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de subvenciones que otorgue la Diputación de Cuenca, a través del Área de Cultura en el año 2023, con el fin de financiar las actividades culturales y/o educativas de las asociaciones de madres y padres de alumnos de centros docentes de enseñanza no universitaria de la provincia de Cuenca sostenidos con fondos públicos.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

1.- ACCIONES DE FOMENTO DE LA PARTICIPACIÓN: actividades dirigidas a que los padres y madres participen de forma activa en la vida escolar, como pueden ser actividades de padres en el aula, en el patio, formación en la participación de las familias, organización de fiestas para la participación de las familias (día del padre, día de la madre, día de la familia, fiesta de Navidad, fiesta fin de curso), visitas culturales y otras que faciliten dicha participación.

2.- ACCIONES DE PROMOCIÓN DE REDES COLABORATIVAS Y DE FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO: Incluyen las acciones dirigidas a fomentar el asociacionismo mediante la generación de plataformas para aportar ideas, conocimiento y cultura a la comunidad educativa, así como para comunicarse -por ejemplo, mediante el desarrollo de páginas web, blog, aplicaciones móviles...También actividades de formación en herramientas de promoción de redes colaborativas.

3.- FOMENTO DE ACCIONES FORMATIVAS A MADRES Y PADRES: podrán incluirse acciones como las escuelas de padres, charlas, conferencias, formación on-line de los padres, madres y familiares del alumnado del colegio.

4.- DESARROLLO DE ACTIVIDADES QUE FAVOREZCAN LA INTEGRACIÓN DEL ALUMNO: Se podrán incluir acciones para favorecer la integración de alumnado con discapacidad, inmigrantes..., mediante la elaboración de proyectos, juegos, fiestas, charlas de formación, tanto con esos alumnos como con la comunidad educativa.

5.- ACCIONES DE PREVENCIÓN DE ABSENTISMO Y ABANDONO ESCOLAR: se podrán incluir acciones dirigidas a un colectivo específico o a toda la comunidad, mediante proyectos innovadores, charlas, acompañamiento, clases de refuerzo escolar y diseño de plataformas para este fin.

6.- ACCIONES DE MEJORA DEL ENTORNO SOCIAL MÁS PRÓXIMO: podrán incluirse acciones dirigidas a promoción de la cultura y de la vida cotidiana del entorno, como, por ejemplo, fomentar actividades culturales, actividades que ayuden a los alumnos a mejorar su rendimiento o al aprendizaje de disciplinas culturales, deportivas o sociales, acciones medioambientales.

7.- ACCIONES DE REFUERZO EDUCATIVO: podrán incluirse charlas, clases de apoyo, proyectos de técnicas de estudio, actividades culturales dirigidas a mejorar el rendimiento de todos los alumnos.

8.- ACCIONES DE MEJORA DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS: son acciones dirigidas a facilitar a las familias la conciliación personal y familiar. Podrán incluirse actividades de apoyo a las necesidades físicas de la temprana infancia, de apoyo al servicio de comedor o transporte, así como las aulas matinales y las actividades extraescolares.

9.- ACCIONES DIRIGIDAS A LA POBLACIÓN ESCOLAR CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES: este tipo de acciones, valoradas de forma doble por la convocatoria, se refiere a actuaciones que permitan la integración, la mejora y el refuerzo de alumnado con necesidades educativas; es decir, aquel que, por su situación educativa, tenga necesidades específicas para su escolarización. Se podrán incluir acciones de apoyo, refuerzo, acompañamiento o servicios complementarios que permitan una mejor integración de este alumnado y sus familias

La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia

REQUISITOS

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones de madres y padres de alumnos de centros docentes de enseñanza no universitaria de la provincia de Cuenca sostenidos con fondos públicos, siempre que no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante, LGS. Asimismo deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de madres y padres de alumnos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

b) Carecer de ánimo de lucro.

c) Tener sede social consolidada en la provincia de Cuenca.

d) No haber recibido de la Diputación de Cuenca alguna subvención o ayuda para los mismos o similares fines durante el vigente ejercicio presupuestario.

e) No tener pendiente de justificación subvenciones concedidas por la Diputación de Cuenca una vez expirado el plazo de justificación.

f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, reintegro de subvenciones y con la Seguridad Social, y no estar incursas en ninguna otra de las circunstancias que recoge el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 16 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Los requisitos anteriores deben cumplirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el periodo de concesión y justificación de la subvención.

La solicitud conlleva la autorización para que el órgano instructor pueda obtener la información de consulta y verificación de los datos de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y con la Seguridad Social. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las correspondientes certificaciones en el plazo de diez hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la propuesta de resolución.

Para las entidades que no figuren inscritas en el sistema de la Seguridad Social ni tengan asignado código de cotización, por no tener trabajadores a su cargo, la acreditación se efectuará mediante una declaración responsable en la que deberá figurar expresamente que la entidad "no figura inscrita como empresario/a en el sistema de la Seguridad Social, ni tiene asignado código de cotización, al no tener trabajadores/as a su cargo”.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente a aquel en que se publique un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos (Artículo 30.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Documentación a presentar

1.- Las solicitudes se tramitarán ELECTRÓNICAMENTE accediendo a la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cuenca, https://sede.dipucuenca.es, y seleccionando el trámite “Solicitud convocatoria de ayudas a AMPAS”, adjuntando los siguientes documentos que se indican a continuación:

1.1. Solicitud, conforme al modelo recogido en el Anexo I

1.2. Proyecto y presupuesto detallado de la actividad para la cual se solicita la subvención, especificando los objetivos que se persiguen, la descripción de las distintas acciones, el lugar y la fecha aproximada en que se realizará cada acción, el número de destinatarios de cada una, así como otros indicadores que permitan evaluar sus posterior realización

Se subvencionará económicamente una actividad por entidad para el año 2023. En el supuesto de presentarse varias solicitudes, se requerirá al solicitante para que determine, en el plazo máximo de DIEZ días desde su recepción en destino, la denominación de la actividad para la que solicita la subvención, transcurrido dicho plazo, la Diputación se reserva el derecho de elegir discrecionalmente, una, de entre todas las actividades presentadas por la asociación.

No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas fuera del plazo indicado.

La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan.

COSTES

Gratuito.

 

ÓRGANO TRAMITADOR

Servicio de Cultura.

 

ÓRGANO RESOLUTOR

Presidente de la Diputación Provincial o diputado en quien delegue. 

 

NORMATIVA DE APLICACIÓN                                                                   

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)

Bases Generales de la Convocatoria

https://www.dipucuenca.es/documents/34525/1213319/1.pdf/1f4d8c60-5ac7-b762-97af-b7936fc6f244?t=1678692938821

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
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