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Justificación y Solicitud del 2º Pago de la Subvención para el fomento del Empleo Joven Estable en la Provincia de Cuenca

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Justificación y Solicitud del 2º Pago de la Subvención para el fomento del Empleo Joven Estable en la Provincia de Cuenca

Hasta el día 15/12/2022

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Actuaciones subvencionables: Será subvencionable la formalización de contratos laborales a jornada completa con carácter indefinido, con personas jóvenes, inscritos como beneficiarios en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil,  que habiten en los municipios de la provincia de Cuenca que figuran en el Anexo II de la convocatoria y que se ajusten a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, al convenio colectivo y/o a su normativa específica de aplicación. 

Se permitió que los proyectos fueran iniciados y las contrataciones se pudieran formalizar desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, siempre y cuando se ajustasen a lo previsto en las bases reguladoras.

OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES Y PERSONAS BENEFICIARIAS

Entre las obligaciones de las entidades y personas beneficiarias que enumera el artículo 4 de la convocatoria, hay que señalar:

4.c) Justificar ante el órgano competente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión de la subvención.

4.d) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, de acuerdo con lo establecido en las normas aplicables a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos europeos, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

4.j) El puesto de trabajo objeto de subvención deberá mantenerse por un período mínimo de doce meses. 

Importe total de la subvención: 5.700 € / contrato indefinido a jornada completa.

Plazo de Justificación y Solicitud 2º Pago de 2.280 €: un mes desde la finalización de cada contrato y antes del 15 de diciembre de 2022.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

En la fase de justificación y trámite de solicitud del SEGUNDO PAGO (40%) DE 2.280 € deberá aportar:

  1. Formulario electrónico de justificación (Anexo II-III). Se rellenará on-line
  2. Informe de trabajadores de alta (ITA) donde figuren el participante o participantes contratados, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social con fecha posterior al cumplimiento del periodo de mantenimiento del empleo de un año.
  3. Fichero Excel que comprende la hoja Factura (relación de las Nóminas y Seguros Sociales y los justificantes de gastos que se imputan a la subvención concedida), y la hoja Financiación (Otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada). Dicho fichero podrá descargarse desde este trámite.
  4. Ficheros PDF resultantes de la conversión del anterior fichero Excel una vez cumplimentado.
  5. Nóminas y Seguros Sociales de cada una de las personas contratadas de valor probatorio, señaladas en el fichero Excel, y que se adjuntarán en el orden detallado en el mismo. Se recomienda numerarlas o renombrarlas para facilitar su identificación. Los conceptos de las Nóminas deberán venir desglosados a fin de poder asociarlos a la actividad competitiva según la memoria presentada y dentro del periodo de ejecución. 
    Junto con cada Nómina y Seguros Sociales se acompañará el documento del pago realizado (Justificante bancario). 
    El importe total imputado del gasto debe ser como mínimo el de la cuantía de los 5.700 € concedidos.
  6. Declaración responsable del participante al finalizar la actuación, donde se haga constar  los datos del contratante, el nombre, apellidos y NIF/NIE del contratado, tipo de contrato,  fecha de formalización y finalización del contrato, lugar de desarrollo de la actividad y el trabajo desempeñado por el joven empleado.
  7. Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en relación con la Ley General de Subvenciones.
  8. Certificación positiva, expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social en relación con la Ley General de Subvenciones.

NORMATIVA DE APLICACIÓN

Estas Bases podrán consultarse además en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cuenca, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

  • Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación, modificada por acuerdo plenario de 19 de diciembre de 2013 y publicada en el B.O.P. de 22 de enero de 2014.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (L.G.S.).
  • Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. RD 887/2006 de 21 de julio.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto del Patronato de Desarrollo Provincial de la Diputación.
  • Otras disposiciones de derecho administrativo que resulten de aplicación.

ÓRGANO TRAMITADOR

Programas Europeos y Desarrollo Local.

ÓRGANO RESOLUTOR

Presidencia.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
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