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Justificación y Solicitud del 2º Pago de la Subvención para el fomento del Autoempleo Joven en la Provincia de Cuenca

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Justificación y Solicitud del 2º Pago de la Subvención para el fomento del Autoempleo Joven en la Provincia de Cuenca

Hasta el día 31/10/2022

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

El objeto de la convocatoria fue la concesión de subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo y el espíritu emprendedor de jóvenes, inscritos como beneficiarios en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil,  que habiten o fueran a habitar en los municipios de la provincia de Cuenca que figuran en el Anexo II que acompaña a esta convocatoria y que tienen un población inferior o igual a 5.000 habitantes o una población comprendida entre los 5.001 y los 10.000 habitantes siempre que estos últimos presenten un saldo demográfico negativo en la última década.

OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES Y PERSONAS BENEFICIARIAS

Entre otras enumeradas en el artículo 4 de la Convocatoria publicada en el B.O.P. nº 80 del 14/07/2021:

a) Mantener la actividad que motiva la concesión de la subvención durante al menos doce meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de concesión de la ayuda: 24/12/2021.

c) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión de la subvención.

REGIMEN DE 2ª PAGO

En concepto de pago parcial restante del 40% de la subvención concedida,se abonará una vez se compruebe la justificación de gasto presentado y realización de la actuación conforme a lo establecido en la normativa reguladora de la subvención en la convocatoria.

Importe de la subvención: Se subvencionarán los gastos de puesta en funcionamiento y mantenimiento de la actividad emprendedora del primer año con un importe total de 8.550 euros.

Plazo de Justificación y Solicitud 2º Pago de 3.420 €: antes del día 31 de Octubre de 2022.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

En la fase de trámite de la solicitud del SEGUNDO PAGO (40%) deberá aportar:

  1. Formulario electrónico de justificación (Anexo II-III). Se rellenará on-line.
  2. Fichero Excel que comprende la hoja Factura (relación de las facturas y los justificantes de gastos que se imputan a la subvención concedida), y la hoja Financiación (Otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada). Dicho fichero podrá descargarse desde este trámite.
  3. Ficheros PDF resultantes de la conversión del anterior fichero Excel una vez cumplimentado.
  4. Facturas y/o documentos de valor probatorio, equivalente en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa, detalladas en el fichero Excel, y que se adjuntarán en el orden detallado en el mismo. Se recomienda numerarlas o renombrarlas para facilitar su identificación. Los conceptos de las facturas deberán venir desglosados a fin de poder asociarlos a la actividad competitiva según la memoria presentada y dentro del periodo de ejecución. Junto con cada Factura se acompañará el documento del pago realizado (Justificante bancario).
    El importe total imputado del gasto debe ser como mínimo el de la cuantía de los 8.550 € concedidos.
    No se subvencionarán el IVA, ni otros impuestos.
  5.  Memoria Justificativa.
  6. Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en relación con la Ley General de Subvenciones.
  7. Certificación positiva, expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social en relación con la Ley General de Subvenciones.

NORMATIVA DE APLICACIÓN

Estas Bases podrán consultarse además en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Patronato de Desarrollo Provincial de la Diputación así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

  • Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación, modificada por acuerdo plenario de 19 de diciembre de 2013 y publicada en el B.O.P. de 22 de enero de 2014.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (L.G.S.).
  • Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. RD 887/2006 de 21 de julio.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto del Patronato de Desarrollo Provincial de la Diputación.
  • Otras disposiciones de derecho administrativo que resulten de aplicación.

ÓRGANO TRAMITADOR

Programas Europeos y Desarrollo Local.

ÓRGANO RESOLUTOR

Presidencia.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CUENCA - P1600000B
C/ Aguirre, 1
16001 Cuenca (Cuenca)
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