El patrimonio cultural no se limita a monumentos y colecciones de objetos, sino que comprende también tradiciones o expresiones vivas heredadas de nuestros ancestros y transmitidas en el tiempo: tradiciones orales, usos sociales, rituales, festivos y saberes y técnicas vinculados a la artesanía tradicional, que proporciona un sentimiento de identidad, contribuye a la gestión del entorno natural y social y puede ser fuente de ingresos económicos. Esto es lo que se conoce como Patrimonio Cultural Inmaterial o Intangible.
La presente convocatoria de subvenciones tiene por objeto el estudio, recuperación y divulgación del patrimonio intangible de la Provincia de Cuenca, entendiendo como actividades subvencionables las siguientes:
Quedarán excluidas del ámbito de esta subvención las siguientes actividades:
Cada solicitante podrá presentar un proyecto a esta convocatoria.
En el caso de que dos o más Ayuntamientos realicen una actividad de forma conjunta, se presentará una única solicitud y los titulares de todos ellos deberán cumplir los requisitos de beneficiarios descritos en esta convocatoria. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. En la solicitud se deberá hacer constar expresamente, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar a cada uno de ellos.
Los proyectos que se subvencionarán pueden estar finalizados o en ejecución, pero siempre se deben realizar y finalizar en el año 2022.
Dicha presentación se basa en rellenar una solicitud a través de un formulario web, dicha solicitud se convertirá por parte de la aplicación en un formulario PDF que posteriormente será firmado digitalmente (no es necesario firmar los documentos previamente).
También es posible añadir documentos adjuntos a la solicitud.
La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los municipios y entidades locales de la provincia de Cuenca, que realicen o promuevan el estudio, la recuperación y/o divulgación del Patrimonio Cultural Inmaterial de su ámbito territorial, en la fecha de publicación de esta convocatoria, siempre que no estén afectados por ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Cumplir los requisitos generales que establece la presente Convocatoria.
b) No haber recibido de la Diputación de Cuenca alguna subvención o ayuda para los mismos o similares fines durante el vigente ejercicio presupuestario.
c) No tener pendiente de justificación subvenciones concedidas por la Diputación de Cuenca una vez expirado el plazo de justificación.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, reintegro de subvenciones y con la Seguridad Social, y no estar incursas en ninguna otra de las circunstancias que recoge el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 16 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
e) No haber sido sancionados o condenados por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a aquel en que se publique un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
Se debe presentar la solicitud adjuntando los siguientes documentos:
3. Certificación/declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, reintegro de subvenciones y con la Seguridad Social.
En los casos de proyectos de colaboración presentados por dos o más entidades se deberá especificar el presupuesto total del proyecto y el correspondiente a cada una de ellas.
La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan.
Gratuito.
Servicio Patrimonio.
Presidente de la Diputación Provincial.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
Bases Generales de la Convocatoria
https://www.dipucuenca.es/documents/34525/1130136/3.pdf/59d1a044-f3d9-d593-f70e-b2b5088bf439?t=1662532051655
Modificación de la Convocatoria
https://www.dipucuenca.es/documents/34525/1136637/2.pdf/87c97e68-daea-e347-2dd5-fd80acb35c10?t=1664173414830