Tramitación de la solicitud de autorización de la prestación de servicios mediante teletrabajo.
La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia.
Empleados públicos que presten sus servicios en la Diputación Provincial de Cuenca y que ocupen puestos de trabajo que puedan ser desempeñados mediante teletrabajo.
a) Estar en situación administrativa de servicio activo.
b) Haber desempeñado el puesto de trabajo desde el que se accede al teletrabajo durante los seis meses inmediatamente anteriores al de la presentación de la solicitud.
c) Que el lugar desde el que se vaya a realizar el teletrabajo cumpla con la normativa vigente en materia de seguridad y salud laboral.
d) Disponer del equipo informático proporcionado por la Diputación en los términos previstos en el artículo 14 y en la disposición transitoria del reglamento de teletrabajo de la Diputación Provincial de Cuenca.
e) Disponer de la conectividad a internet y de los sistemas de comunicación suficientes y seguros, de acuerdo con las características que defina la consejería competente en materia de administración digital y de conformidad con cada perfil profesional.
f) Suscribir un compromiso de cumplimiento de la normativa en materia de seguridad de la información, protección de datos y confidencialidad.
g) Contar con un plan de trabajo individualizado que fije los días concretos de prestación de servicios mediante teletrabajo.
h) Una vez presentada la solicitud, recibirán un CUESTIONARIO DE EVALUACIÓN DE RIESGOS DE LA EMPRESA CUALTIS, que deberán rellenar para poder continuar con el procedimiento.
En cualquier momento.
Gratuito.
Servicio de Personal.
Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
Reglamento de teletrabajo de la Diputación Provincial de Cuenca
Plazo resolución: 2 meses
Sentido del silencio administrativo: Negativo