Este trámite nos permite comunicar un mecanismo de aviso para las notificaciones electrónicas que esta administración le deba practicar de oficio.
Se utilizará el correo electrónico y el teléfono móvil que haya indicado en la identificación de este trámite para dichos avisos.
El efecto se producirá a partir del quinto día hábil siguiente a aquel en que se haya tenido constancia, según se indica en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.